Tres nuevas peticiones AD/CVD: Estantes de acero, cilindros de acero, barras de latón

La semana pasada se produjo una oleada de actividad con tres nuevas peticiones AD/CVD:

(1) Estanterías de acero sin tornillos procedentes de India, Malasia, Taiwán, Tailandia y Vietnam (sólo AD);

(2) Varilla de latón originaria de Brasil, India, Israel, México, Sudáfrica y Corea del Sur (AD/CVD); y

(3) Cilindros no recargables originarios de la India (AD/CVD)

Dos de estas peticiones son secuelas de casos AD/CVD sobre el mismo producto procedente de China que se produjeron hace unos años. En octubre de 2015 se impusieron derechos antidumping y compensatorios a estanterías de acero sin tornillos procedentes de China. Las botellas no recargables procedentes de China fueron objeto de órdenes AD/CVD en mayo de 2021. Tras la imposición de derechos antidumping y compensatorios prohibitivos a estos productos chinos, los compradores estadounidenses seguían sin poder o querer comprar a los productores nacionales y, en su lugar, buscaban fuentes de importación alternativas. Los peticionarios ahora buscan otra ronda de derechos de protección contra el aumento de los volúmenes de importación de estos nuevos países que reemplazaron el suministro chino.

El tercer caso, la varilla de latón, no ha sido objeto de una investigación previa AD/CVD. Pero uno de los peticionarios en ese caso, Mueller Brass Co., forma parte del grupo Mueller, usuario desde hace tiempo de la legislación comercial estadounidense. Mueller consiguió que se impusieran derechos antidumping a las importaciones de tubos de cobre sin soldadura, primero de China y México en noviembre de 2010 y de Vietnam en agosto de 2021. El impacto beneficioso de las órdenes AD sobre tubos de cobre probablemente influyó en la decisión de solicitar derechos AD/CVD en este nuevo caso sobre la varilla de latón.

El Departamento de Comercio de EE.UU. ("DOC") y la Comisión de Comercio Internacional de EE.UU. ("ITC") llevarán a cabo investigaciones para examinar más a fondo las alegaciones formuladas en la petición. El DOC investigará si las importaciones en cuestión se venden a Estados Unidos por debajo de su valor razonable ("dumping") o se benefician de subvenciones públicas desleales. La ITC investigará si las importaciones en cuestión causan un "perjuicio importante" o una "amenaza de perjuicio importante" a la industria nacional.

Las empresas de estos sectores -importadores, distribuidores, compradores- probablemente ya estén familiarizadas por los casos anteriores con el impacto perturbador que pueden tener las investigaciones AD/CVD. Esta nueva ronda de casos afecta principalmente a países de economía de mercado (excepto Vietnam), lo que supone una diferencia significativa con respecto a los casos anteriores contra China, que se considera una economía que no es de mercado. El DOC calcula los márgenes antidumping en los casos de economía de mercado utilizando los costes reales de la empresa. En cambio, en los casos contra China (y Vietnam) que no son de economía de mercado, el DOC no utilizará los costes reales de la empresa, sino una metodología de valor sustitutivo que tiende a inflar los márgenes antidumping, a veces de forma significativa. Si los productores y exportadores extranjeros en estos casos consiguen abrirse camino a través del proceso antidumping del DOC, es de esperar que sus márgenes antidumping sean inferiores a los márgenes antidumping impuestos a esos productos procedentes de China.

A medida que las empresas de fuera de China intensifican sus esfuerzos para reducir o eliminar a China de sus cadenas de suministro, deberíamos esperar que aumente el número de investigaciones AD/CVD de exportaciones de fuera de China, basándonos simplemente en las cifras.

A continuación figuran los resúmenes de las peticiones:

Estanterías de acero sin tornillos de India, Malasia, Taiwán, Tailandia y Vietnam

El 25 de abril de 2023, Edsal Manufacturing Co., Inc. presentó peticiones antidumping (AD) contra estanterías de acero sin tornillos preenvasadas para la venta procedentes de la India, Malasia, Taiwán, Tailandia y Vietnam.

Alcance

La definición del ámbito de aplicación propuesta en este caso es la misma que la de las órdenes AD/CVD sobre estanterías de acero sin tornillos preenvasadas para la venta procedentes de China. Las estanterías de acero sin tornillos objeto de esta investigación pueden describirse comúnmente como estanterías de remaches, estanterías de bastidor soldado, estanterías de ranuras y lengüetas y estanterías de remaches perforados (cuasi remaches), así como con otros nombres comerciales.

Consulte la definición completa del ámbito de aplicación aquí para obtener definiciones más específicas de "sin tornillos", "cubiertas", "preenvasado para la venta" y "kits complementarios" que son relevantes para identificar qué productos están cubiertos por esta investigación antidumping.

Supuestos márgenes AD/CVD.

El solicitante calculó los márgenes de dumping estimados para los países mencionados:

India- 215,77%.

Malasia: 41.29% - 232.94%

Taiwán: 217,66

Tailandia: 177,72% - 188,06%.

Vietnam: 85,24% - 205,49%.

Exportadores/productores designados

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera productoras y exportadoras de la mercancía objeto de la solicitud. Véase la lista adjunta aquí.

Importadores estadounidenses

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera importadores estadounidenses de la mercancía en cuestión. Véase la lista adjunta aquí.

Calendario estimado de investigaciones.

25 de abril de 2023 - Peticiones presentadas

15 de mayo de 2023 - El DOC inicia una investigación

16 de mayo de 2023 - Conferencia del personal del CCI

9 de junio de 2023 - Determinación preliminar de la ITC

21 de noviembre de 2023 - Determinación preliminar del DOC AD (suponiendo plazo prorrogado) (10/2/23 - no prorrogado)

4 de abril de 2024 - Determinación final del DOC (prorrogado)

19 de mayo de 2024 - Determinación final de la ITC (ampliada)

26 de mayo de 2024 - Órdenes AD/CVD del DOC emitidas (ampliadas)

 

Bombonas no recargables de la India

El 27 de abril de 2023, Worthington Industries presentó peticiones antidumping (AD) y de derechos compensatorios (CVD) contra los cilindros no recargables procedentes de la India.

Alcance

La definición del ámbito de aplicación propuesta (véase aquí) define la mercancía en cuestión como "determinadas botellas de acero no rellenables con costura (soldadas) que cumplen los requisitos de la especificación 39 del Departamento de Transporte de EE.UU., la especificación 39M del Ministerio de Transporte de Canadá o la norma ISO 11118 de las Naciones Unidas sobre recipientes a presión, o que se han fabricado para cumplirlos, y que se ajustan a la descripción que figura a continuación ("botellas de acero no rellenables")".

El ámbito de aplicación solicitado para esta investigación difiere de la investigación anterior sobre botellas de acero no recargables procedentes de China en lo que respecta a la capacidad. El ámbito de aplicación propuesto abarca las botellas de acero no recargables "con una capacidad de agua comprendida entre 100 pulgadas cúbicas (1,6 litros) y 1.526 pulgadas cúbicas (25 litros)", lo que supone una modificación del ámbito de aplicación anterior, que abarcaba las botellas de acero no recargables con una capacidad de agua inferior de 300 pulgadas cúbicas. (4,9 litros).

Se excluyen específicamente los cilindros de acero sin soldadura no recargables.

La mercancía objeto de estos pedidos está correctamente clasificada en los números estadísticos 7311.00.0060 y 7311.00.0090 de la nomenclatura arancelaria armonizada de los Estados Unidos (HTSUS). Se trata de categorías de cestas que contienen también mercancía no sujeta. La mercancía también puede entrar bajo los números de reporte estadístico HTSUS 7310.29.0030 y 7310.29.0065. Aunque los números de informe estadístico HTSUS se proporcionan por conveniencia y a efectos aduaneros, la descripción escrita de la mercancía es determinante.

Supuestos márgenes AD/CVD.

El solicitante calculó unos márgenes de dumping estimados del 11,20 - 56,52%.

Exportadores/productores designados

El Solicitante incluyó una lista de empresas que considera productoras y exportadoras de la mercancía en cuestión. Véase la lista de exportadores adjunta aquí.

Importadores estadounidenses

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera importadores estadounidenses de la mercancía en cuestión. Véase la lista de importadores adjunta aquí.

Calendario estimado de investigaciones.

27 de abril de 2023 - Peticiones presentadas

17 de mayo de 2023 - El DOC inicia una investigación

18 de mayo de 2023 - Conferencia del personal del CCI

12 de junio de 2023 - Determinación preliminar de la ITC

24 de septiembre de 2023 - Determinación preliminar del DOC en materia de derechos compensatorios (suponiendo un plazo ampliado) (7/21/23 - no ampliado)

23 de noviembre de 2023 - Determinación preliminar del DOC AD (suponiendo plazo prorrogado) (10/4/23 - no prorrogado)

6 de abril de 2024 - Determinación final del DOC (ampliada y alineada AD/CVD)

21 de mayo de 2024 - Determinación final de la ITC (ampliada)

28 de mayo de 2024 - Órdenes AD/CVD del DOC emitidas (prorrogadas)

 

Varilla de latón de Brasil, India, Israel, México, Sudáfrica y Corea del Sur

El 27 de abril de 2023, la American Brass Rod Fair Trade Coalition, formada por Mueller Brass Co, con sede en Port Huron, Michigan, y Wieland Chase LLC, con sede en Montpelier, Ohio, presentó peticiones antidumping (AD) y de derechos compensatorios (CVD) solicitando la imposición de derechos antidumping (AD) sobre las importaciones de barras de latón procedentes de seis países: Brasil, India, Israel, México, Sudáfrica y Corea del Sur. Las peticiones también buscan la imposición de derechos compensatorios (CVD) sobre las importaciones de India, Israel y Corea del Sur.

Alcance

La definición del ámbito de aplicación propuesta define los productos cubiertos por estas peticiones como varilla de latón, que se define como "latón macizo con o sin plomo fabricado a partir de determinadas aleaciones". Consulte aquí la definición completa del ámbito de aplicación propuesto.

Supuestos márgenes AD/CVD.

El solicitante calculó los márgenes de dumping estimados para los países del nombre:

Brasil: 62,62

India: 10.20%

Israel: 20,00%.

México: 63,76

Sudáfrica: 27,99

Corea del Sur: 12,75%.

Las peticiones no identificaban ningún porcentaje de subvención específico para India, Israel o Corea del Sur.

 

Exportadores/productores designados

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera productoras y exportadoras de la mercancía en cuestión. Véase la lista adjunta aquí.

Importadores estadounidenses

El solicitante incluyó una lista de empresas que considera importadores estadounidenses de la mercancía en cuestión. Véase la lista adjunta aquí.

 

Calendario estimado de investigaciones.

27 de abril de 2023 - Peticiones presentadas

17 de mayo de 2023 - El DOC inicia una investigación

18 de mayo de 2023 - Conferencia del personal del CCI

12 de junio de 2023 - Determinación preliminar de la ITC

24 de septiembre de 2023 - Determinación preliminar del DOC en materia de derechos compensatorios (suponiendo un plazo ampliado) (7/21/23 - no ampliado)

23 de noviembre de 2023 - Determinación preliminar del DOC AD (suponiendo plazo prorrogado) (10/4/23 - no prorrogado)

6 de abril de 2024 - Determinación final del DOC (ampliada y alineada AD/CVD)

21 de mayo de 2024 - Determinación final de la ITC (ampliada)

28 de mayo de 2024 - Órdenes AD/CVD del DOC emitidas (prorrogadas)

 

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