Proyecto de norma de Washington sobre la concesión de licencias de equidad social para el cannabis

Propuesta de norma de equidad social

Tras la creación en Washington del Grupo de Trabajo sobre Equidad Social en el Cannabis durante la sesión legislativa de 2020, la Junta de Licores y Cannabis del Estado de Washington ("LCB", por sus siglas en inglés) aprobó el 3 de agosto un proyecto de normas de equidad social para la concesión de licencias de cannabis. Las normas propuestas añadirían la sección "570 Programa de Equidad Social en el Cannabis" al Título 314-55 del Código Anotado de Washington ("WAC", por sus siglas en inglés). La norma tiene por objeto conceder licencias de cannabis al por menor a las personas que se han visto desproporcionadamente afectadas por la Guerra contra las Drogas, y podría entrar en vigor el 28 de septiembre.

La norma contiene criterios de elegibilidad y de puntuación de las solicitudes, cada uno de los cuales intenta identificar a los más desproporcionadamente afectados y garantizar que tengan las mayores posibilidades de ser aprobados. Por desgracia, algunos elementos de la norma son motivo de preocupación, o al menos de confusión. Como se expone más adelante, me preocupa que, si no se modifican, algunas partes de la norma puedan perjudicar a las mismas personas a las que pretende beneficiar.

Criterios de admisibilidad para la equidad social

Para ello, un residente en WA debe poseer al menos el 51% de cada solicitante de licencia de comercio minorista de equidad social y la persona o personas que la componen deben cumplir al menos dos de los siguientes requisitos:

  • el solicitante ha vivido en una zona de impacto desproporcionado ("DIA") en WA durante un mínimo de 5 años entre 1980 y 2010;
  • el solicitante o un miembro de su familia ha sido detenido o condenado por un delito relacionado con el cannabis; o
  • la renta familiar del solicitante en el año anterior a la presentación de la solicitud era inferior a la renta familiar media del estado de Washington.

Las DIA se definen como "zonas de alto desempleo, bajos ingresos e indicadores demográficos coherentes con las poblaciones más afectadas por la guerra contra las drogas, incluidas las zonas con mayores tasas de detenciones por delitos de drogas". Curiosamente, mientras que el sistema de puntuación que figura a continuación identifica a las personas condenadas por un "delito de drogas" y asigna puntos a la solicitud respectivamente, los criterios iniciales de elegibilidad antes mencionados no lo hacen. Parece, pues, que un posible solicitante con una condena por drogas no relacionada con el cannabis debe cumplir los requisitos de la DIA y de los ingresos familiares, mientras que las condenas específicas por cannabis pueden reunir los requisitos con uno u otro.

La sección 570 crea un sistema de puntuación para clasificar a los Solicitantes de Equidad Social ("SEA") en función de 12 factores y, en su caso, otorgar a un solicitante un determinado número de puntos.

Rúbrica de puntuación para la aplicación de la equidad social
Requisitos Escala de puntos
1. Vivía en una zona afectada de forma desproporcionada (DIA) 40
1a. ¿Cuánto tiempo hace que vive en un DIA?

5y-10y = 10 puntos

Más de 10 años = 20 puntos

40
2. ¿Condenado por un delito de drogas? (Uno mismo) 10
2a. ¿Ha sido condenado por un delito relacionado con el cannabis? (Auto) 40
3. ¿Ha sido condenado por un delito de drogas? (Familia) 5
3a. ¿Ha sido condenado por un delito relacionado con el cannabis? (Familia) 5
4. Si fue condenado por un delito relacionado con el cannabis, ¿qué tipo de condena recibió?

Multa = 10 puntos

Libertad condicional cumplida = 20 puntos

Confinado en casa = 40 puntos

Tiempo cumplido en la cárcel o prisión = 80 puntos

80
5. ¿El encarcelamiento de usted o de un miembro de su familia le impidió conseguir empleo? 5
6. ¿Perdió su vivienda o la posibilidad de comprarla o alquilarla como consecuencia de sus condenas o detenciones? 5
7. ¿Su renta familiar es inferior a la renta familiar media del estado de Washington calculada por la Oficina del Censo de los Estados Unidos? 40
8. ¿Poseía o gestionaba un dispensario de cannabis medicinal o un huerto colectivo, con licencia como empresa, antes del 1 de julio de 2016 (10 puntos)?

O

¿Era propietario y gestionaba un dispensario de cannabis medicinal o un huerto colectivo con licencia comercial en una DIA (30 puntos)?

10

 

 

30 en DIA

9. ¿Ha tenido o tiene en la actualidad una participación mayoritaria o de control del 51% en una licencia estatal de venta al por menor de cannabis (marihuana)?

No = 10 puntos

Sí = 0 puntos

10
Puntos totales(de 310)

Los criterios de puntuación son un poco extraños. Haber pasado tiempo en la cárcel o en prisión por un delito de drogas da más puntos a un solicitante de equidad social, lo que parece totalmente razonable, así que "bien hecho" a los legisladores en este criterio. Sin embargo, perder la vivienda o la capacidad de trabajar como consecuencia de una condena o arresto sólo vale 5 puntos, mientras que tener unos ingresos familiares inferiores a la mediana de Washington vale 40 puntos. Esto tiene mucho menos sentido para mí. Debo admitir que no es tarea fácil, pero algunos aspectos del sistema de puntos parecen extrañamente calibrados.

Proceso de solicitud

El proceso de solicitud estará abierto durante un periodo inicial de 30 días naturales, pero la LCB podrá reabrir el plazo de solicitud a su discreción si quedan licencias disponibles. La solicitud debe presentarse por vía electrónica y debe presentar toda la información requerida dentro de la ventana de 30 días, que se puede encontrar en las normas propuestas. Un solicitante sólo puede presentar una solicitud en cada plazo. Las licencias se limitarán a condados específicos y contratistas externos denominados "contratista(s) de equidad social" realizarán la revisión inicial y la puntuación de estas solicitudes. A continuación, la LCB tramitará las solicitudes con las puntuaciones más altas. Los empates se desempatarán mediante un "sorteo doble ciego" realizado por un tercero independiente.

Los solicitantes también deben presentar un plan de equidad social en el que se detalle cómo cumplirá el licenciatario los objetivos de equidad social, y un "plan de negocio que implique asociaciones o asistencia a organizaciones o residentes con conexiones o contribuciones a poblaciones con un historial de altos índices de aplicación de la prohibición del cannabis".

No está claro si la Junta tendrá en cuenta estos planes de equidad social a la hora de determinar a qué solicitantes se concederán licencias. Lamentablemente, es poco probable que exigir estos planes como parte del proceso de solicitud haga que los más descontentos obtengan las licencias. Lo que sí es probable es que los solicitantes que puedan pagar a consultores y abogados para redactar estos planes de equidad social obtengan más licencias. Este elemento de la norma parece contraproducente para su mandato, por no hablar de que sus criterios son muy subjetivos y, por tanto, difíciles de aplicar por igual a cada solicitud.

Restricciones de licencia

La LCB no está creando nuevas licencias para los subsidios de equidad social. Está tomando licencias que han sido canceladas o revocadas y reutilizándolas para su uso en este programa. Esto está en el espíritu de la actual moratoria de la LCB sobre la emisión de nuevas licencias de cannabis de Washington. Como era de esperar, habrá más restricciones en las licencias de equidad social que en las licencias de cannabis para uso de adultos, lo que en WA es mucho decir. Entre las restricciones se encuentran:

  • No se permiten cambios de titularidad en la solicitud una vez revisada;
  • Ningún cambio de ubicación fuera del condado en el que se expidió inicialmente la licencia;
  • No se permite la transferencia o asunción de licencias durante el primer año de su emisión y todas las licencias de equidad social sólo pueden ser transferidas o asumidas por una persona o personas que cumplan la definición de solicitante de un programa de equidad social durante 5 años a partir de la fecha de aprobación de la licencia.

Las restricciones a la transferibilidad, en particular, al igual que muchas de las leyes de Washington sobre el cannabis, probablemente causarán ardor de estómago en el futuro. Las restricciones y reservas iniciales a corto plazo pueden tener cierto sentido para garantizar que las personas que se pretende que se beneficien de la norma se beneficien realmente de ella. Sin embargo, limitar la capacidad de un titular de una licencia de equidad social para vender su licencia en el futuro a cualquiera que no cumpla los requisitos para obtenerla no tiene sentido.

Si no se modifican, los titulares de licencias de equidad social serán los que salgan perdiendo como consecuencia de las restricciones a la transferibilidad. Las restricciones a la transferencia de licencias limitan gravemente la capacidad de los titulares de vender sus negocios. Muchos licenciatarios convertirán sus negocios en empresas prósperas y esta norma limita su capacidad para venderlos en el mercado WA, ya de por sí muy restringido (e innecesariamente). Los titulares de licencias se verán obligados a ofrecer sus negocios a la venta a solicitantes que, por definición, probablemente tengan ingresos familiares bajos y, por lo tanto, puedan tener dificultades para pagar el precio de venta y obtener financiación. Los titulares de licencias de equidad social deben ser libres de vender su negocio a quien deseen. Exigirles que hagan lo contrario es contraproducente, no sirve a ningún propósito legítimo que yo pueda ver, y es probable que sea impugnada en un juicio.

Todavía quedan algunas reuniones del Consejo con las partes interesadas que tendrán lugar antes de finales de mes (la fecha más temprana en que las normas podrían entrar en vigor). Seguiremos de cerca la evolución de la situación y, si se produce algún cambio, lo publicaremos aquí.

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