Principales conceptos erróneos sobre el cannabis en México

Desmontaremos las diversas ideas, impresiones y rumores incorrectos que seguimos escuchando en la práctica del cannabis en México. A medida que el proceso de legalización se acerca, consideramos importante proporcionar a los lectores locales y extranjeros una comprensión clara de lo que realmente está pasando con el despliegue de la legalización del cannabis en México. Así que sin más preámbulos, a continuación se presentan algunas de las cosas más importantes que la gente está malinterpretando en este momento.

1. Podré hacerlo todo en cuanto sea legal.

Aunque el cannabis será plenamente legal una vez que se publiquen la Ley del Cannabis y el Reglamento Médico, eso no significa que se puedan solicitar licencias inmediatamente. En lo que respecta al uso industrial y para adultos, primero debe crearse el Instituto y estar en pleno funcionamiento. Transcurridos 90 días, podrás solicitar una licencia de investigación, mientras que tendrás que esperar 6 meses para las licencias de actividades con cannabis no psicoactivo y 18 meses para los permisos y licencias de uso para adultos. Por último, en cuanto a las licencias de cultivo, sólo podrás solicitarlas una vez que se publiquen las directrices sobre pruebas y trazabilidad. En cuanto al uso medicinal, para todo lo relativo a la clasificación de las semillas, la calificación o el crecimiento de las plantas, se espera que la normativa establezca un plazo de 90 días tras la entrada en vigor, para que el Ministerio de Agricultura y los organismos pertinentes establezcan los procedimientos para solicitar y obtener licencias y permisos. Dicho todo esto, ¡nunca es demasiado pronto para empezar! Y los operadores más avispados ya han empezado a hacerlo.

2. La Ley del Cannabis lo regulará todo.

Sencillamente, no es cierto. La Ley de Cannabis sólo se ocupará del uso adulto e industrial (cáñamo) y de la investigación para esos fines, mientras que el Reglamento Médico, como su nombre podría sugerir, regula el uso médico y la investigación para uso médico. Ambas leyes, junto con 1) las modificaciones a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal y 2) los lineamientos/reglamentos internos (o sus modificaciones) de las diversas dependencias involucradas, conformarán todo el marco de la "legalización del cannabis" aquí en México.

3. México sólo legaliza la marihuana.

Esta afirmación es terriblemente simplista, ya que parece sugerir que la legalización consiste únicamente en permitir a la gente poseer y consumir hierba en público. De hecho, con notables excepciones, gran parte del activismo en México ha tenido que ver con el uso recreativo, mientras que en realidad, se ocupa de todo, desde el cáñamo, los comestibles, los productos médicos, la investigación y, por supuesto, las condiciones adecuadas para el consumo de cannabis para uso adulto.

Además, la Ley del Cannabis prevé la creación de políticas cannábicas, siendo el Instituto del Cannabis el encargado de supervisar su aplicación. La legalización tendrá implicaciones que van desde la estructuración societaria (todavía hay Notarios Públicos que no están dispuestos a constituir sociedades con un emprendimiento cannábico), hasta las marcas que pueden adquirir. En resumen, en nuestra opinión la legalización supondrá un cambio sustancial en el sistema jurídico mexicano, tras décadas de prohibición.

4. El mercado sólo está abierto a mexicanos, no a extranjeros.

No es cierto. Se espera que aunque las licencias de cannabis estén abiertas sólo a empresas mexicanas, los extranjeros podrán, como mínimo, entrar en el mercado mediante el establecimiento de una empresa mexicana o adquiriendo participación en una ya existente con una empresa corporativa de cannabis, sujeta a las limitaciones establecidas en la Ley de Inversión Extranjera (hasta el 49% de la propiedad). Muchos de nuestros clientes que buscan entrar en el espacio del cannabis mexicano no tienen nacionalidad mexicana.

5. El cannabis sólo es bueno para uso recreativo y medicinal.

Como cualquier persona del sector sabe, existe el cannabis bajo en THC (comúnmente conocido como cáñamo, y definido en México como con un 1% de THC o menos), y el cannabis rico en THC (conocido como marihuana). Este último es el que ha suscitado mayor controversia, dadas sus propiedades psicoactivas. Sin embargo, el cáñamo es una variante/género con amplios usos y aplicaciones, desde ser una planta remediadora (¡sí! puede limpiar suelos altamente contaminados), hasta ser un sustituto de los combustibles fósiles, materiales de construcción, plásticos, etc. De hecho, como hemos mencionado antes en este blog, creemos que el cáñamo podría muy bien reiniciar la economía mexicana de manera sustentable. Desafortunadamente, lo que hemos notado en México hasta ahora es que el cáñamo ha sido descuidado por la comunidad empresarial, activistas y medios de comunicación por igual. Esta negligencia también ha llevado a una regulación más ligera y, por lo tanto, a un mayor margen de maniobra a la hora de establecer una empresa.

6. Ahora que el Reglamento Médico es oficial, puedo exportar cualquier tipo de productos de CBD a México.

No podemos insistir lo suficiente en este punto. Hemos observado que posibles distribuidores mexicanos engañan a posibles exportadores estadounidenses diciéndoles que con la debida aprobación de la COFEPRIS pueden introducir sus productos en el país. La realidad es que sólo los productos de CBD que puedan calificarse comomedicamento según la definición prevista en la Ley General de Salud obtendrán un registro sanitario de producto médico de la COFEPRIS, que es una condición previa para obtener un permiso de importación. Esto significa que bajo las Regulaciones Médicas, los comestibles de CBD, cosméticos, bebidas, suplementos, etc. no pueden ser exportados por el momento. Todos los demás están operando en una zona gris MUY legal, por decir lo menos.

7. Narcos se subirá al carro de la legalización, aprovechando esta oportunidad para legalizarse.

Esta idea no es necesariamente errónea: presupone que el mercado ilegal desaparecerá con la legalización. Aunque aquí sólo podemos especular, creemos que en México habrá algo para todos.

Por un lado, muchos en México creen que el Gobierno y los cárteles han estado en estrecha asociación durante décadas. Si consideramos que bajo un marco legal habrá un fuerte escrutinio gubernamental (agencias con nuevos poderes/transformación de los existentes), no es difícil imaginar que los cárteles consientan y ya estén planeando legalizarse. Por otro lado, es sabido que la principal fuente de ingresos de los cárteles hoy en día no son necesariamente los narcóticos, sino los delitos de alto impacto.

Al igual que en EE.UU., no todo el mundo podrá pagar los elevados costes de la legalización (tasas de permisos/licencias, impuestos, seguridad social, etc.), o por un producto vendido por una empresa de cannabis legal. Para los compradores dispuestos, siempre habrá alguien que se ofrezca a vender productos no regulados. Puede que no sea necesariamente alguien de un cártel.

La legalización es importante, no sólo porque crea una industria regulada y sujeta a impuestos que puede ayudar a reactivar la economía. También facilita el acceso seguro de los consumidores médicos, industriales o recreativos a los suministros y productos que necesitan. En nuestra opinión, eso compensa cualquier posible retroceso relativo a la supervivencia del mercado ilegal tras la legalización.

8. Las licencias de cannabis son suficientes para empezar a cultivar, procesar, etc.

Esto no es realmente cierto, es importante aclarar un par de cosas. En primer lugar, para solicitar cualquier permiso/licencia de cannabis, es necesario cumplir con una serie de requisitos previos. Por ejemplo, para obtener una licencia de cultivo primero debes: a) obtener un protocolo de investigación autorizado por la COFEPRIS si estás cultivando con fines de investigación, o b) obtener un registro sanitario de producto médico si estás cultivando con fines de producción masiva.

Si la semilla que pretendes cultivar es importada, también necesitas presentar un documento oficial debidamente legalizado que certifique que la especie/variedad de la semilla en cuestión corresponde a las autorizadas en el país de origen. Además, necesitas presentar un certificado fitosanitario y una licencia de transporte, expedidos por la Secretaría de Agricultura y la COFEPRIS, respectivamente, para trasladar legalmente tu cannabis a tus instalaciones de investigación o producción después de la cosecha. Estos son sólo algunos ejemplos de los requisitos que debes cumplir antes de solicitar una licencia de cultivo. Cada permiso/licencia tiene su propio conjunto de requisitos que deben cumplirse con antelación.

En segundo lugar, de ninguna manera los permisos/licencias de cannabis son suficientes por sí solos para llevar a cabo las actividades autorizadas: también necesitas obtener los permisos/licencias federales o locales necesarios para operar como cualquier otro negocio. Por supuesto, estos permisos/licencias varían en función de tu ubicación real, el tamaño y la empresa de tu negocio, pero implicarían, a modo de ejemplo, registrarse ante la Administración Tributaria (el SAT en español) y presentar puntualmente sus declaraciones de impuestos. Si es una empresa mexicana de inversión extranjera, tendrá que cumplir con obligaciones de información ante el Registro Nacional de Inversión Extranjera, pagar las cuotas de seguridad social de sus empleados y obtener una licencia de funcionamiento. Si pretende vender sin receta, deberá contar con la debida licencia para operar como almacén de productos médicos, farmacia o droguería. En el caso de una fábrica o cualquier otra instalación similar, es posible que también tenga que presentar una evaluación de impacto ambiental para su aprobación por el Ministerio de Medio Ambiente, etc.

9. El proyecto de Ley de Cannabis recién aprobado en la Cámara Baja mexicana regula todos los usos del cannabis, por lo que aún no es posible saber hasta qué punto será "legal" el cannabis en México.

Esto no es cierto. Creemos que esta idea errónea proviene del hecho de que incluso los medios de comunicación a veces equiparan erróneamente la legalización del cannabis con la aprobación la semana pasada del proyecto de Ley del Cannabis por la Cámara Baja mexicana. En realidad, el cannabis medicinal es plenamente legal desde el pasado mes de enero, tras la entrada en vigor del Reglamento Médico, quedando sólo algunos aspectos pendientes de aplicación (ver nuestro post al respecto aquí). Es la Ley de Cannabis, en cambio, la que regulará el uso adulto y el cáñamo.

La Ley de Cannabis prevé las formas en que ambas leyes interactuarán y ordena un periodo de armonización de 90 días, además de otros plazos para la creación de los lineamientos bajo los cuales se solicitarán las licencias. En términos prácticos, cuando la Ley de Cannabis entre en vigor podremos hablar de la plena legalización del cannabis en México. A partir de ahora, ya se pueden realizar actividades con cannabis medicinal bajo el Reglamento Médico que no están cubiertas por el periodo de gracia de implementación otorgado a ciertas agencias (discutido aquí); o presentar una acción de amparo para obtener un permiso para el uso personal de adultos y, al menos teóricamente, para obtener una licencia de cultivo de cáñamo.

Por último, el consejo para las empresas de cannabis tanto nacionales como internacionales es que, aunque el fin último de tu proyecto en México sea el cannabis para uso adulto, harías mejor en empezar centrándote en el uso médico. Esto te permitirá desarrollar la infraestructura necesaria, conocimiento del mercado, conocimiento de las leyes y regulaciones locales, cadenas de producción/distribución, etc. para tener éxito en el mercado de uso adulto.

10. Cuando el cannabis sea totalmente legal, mis actividades también lo serán automáticamente.

En absoluto. Y debemos añadir que se trata de un error muy común, sobre todo entre quienes están interesados en el uso personal para adultos.

En primer lugar, ni la Ley General de Sanidad ni el Reglamento Médico contemplan la posibilidad de realizar ninguna actividad relacionada con el cannabis (o cualquier otra actividad relacionada con la salud, para el caso) sin la correspondiente autorización, permiso o licencia. La Ley del Cannabis contemplará el cáñamo y el cannabis de uso adulto de la misma manera.

En segundo lugar, hemos mencionado anteriormente que para muchos usos del cannabis (a saber, medicinal, investigación, cáñamo y uso personal para adultos), la cuestión no es tanto que dichos usos sean ilegales, sino que permanecen en gran medida sin regular, lo que obstaculiza el ejercicio de los derechos. Esto ha hecho posible que muchas personas lleven a cabo actividades relacionadas con el cannabis, ya sea gracias a un permiso tramitado en amparo(es decir, cultivo personal y autoconsumo para uso de adultos, o en unos cuantos casos, cultivo o venta de cannabis medicinal) o bien operando en una zona gris legal (véase el primer concepto erróneo de este post).

Una vez que el cannabis sea totalmente legal para todos los usos, esto cambiará. La legalización significa que habrá trámites específicos que deberás seguir si quieres obtener los permisos/licencias que te permitirán seguir adelante con tu negocio de cannabis.

11. La legalización consiste únicamente en permitir que la gente cultive/fume hierba.

Nada más lejos de la realidad. La legalización consiste en crear una industria de pleno derecho que abarcará desde el cáñamo industrial hasta el cannabis medicinal y el consumo para adultos. Se pretende regular todos los eslabones de las cadenas de producción y distribución del cannabis para garantizar la calidad y la trazabilidad de los productos a los que tendrán acceso los consumidores, ya sea con fines médicos, industriales o para adultos. Gran parte de esta idea errónea se debe a la cobertura mediática que, hasta hace MUY poco, ha asociado la legalización con quienes abogan por un consumo para adultos sin restricciones. Es cierto que los activistas que defienden el consumo para adultos han hecho oír su voz sobre sus derechos, pero son sólo una pequeña parte de los que presionan para que se desarrolle una industria con participantes tanto nacionales como internacionales.

12. La legalización corromperá a la juventud.

Se trata de un concepto erróneo que suele asociarse con la Iglesia católica mexicana, que quizá comprensiblemente sigue ejerciendo una fuerte influencia en un país predominantemente católico romano. Sin embargo, la posición de la Iglesia ha sido manipulada por algunos medios de comunicación. La Iglesia nunca ha dicho que la legalización corromperá a los jóvenes. La Iglesia ni siquiera está en contra de la legalización en su conjunto, sino en contra de la legalización del consumo para adultos sin un debate que abarque opiniones de todo el espectro de la sociedad. La Iglesia argumenta que la falta de un amplio debate público ha dado prioridad a los intereses de unas pocas partes interesadas sobre las cuestiones de salud pública y seguridad, y que poner límites a la producción, distribución, comercialización y consumo de una planta que "los profesionales de la salud y... los consumidores atestiguan que su uso, en cualquier cantidad y presentación, reduce significativamente el control sobre las propias acciones, y pone al consumidor en grave riesgo para sí mismo y para los demás" no aborda el verdadero problema. La Iglesia considera que ese problema son "los efectos en las familias, por parte de los jóvenes que consumen drogas, ni contribuye a inhibir y reducir la exposición a las sustancias estupefacientes". En consecuencia, la Iglesia insta tanto al Gobierno como a los miembros de la Iglesia en todo México a no apoyar la legalización sin poner en marcha campañas sobre las adicciones y las consecuencias del consumo de estupefacientes en la salud humana. La Iglesia también ha instado a todos los interesados (especialmente a los jóvenes) a informarse y actuar con responsabilidad, para evitar "dejarse llevar por la permisividad que suscitan estas normas que permiten drogar a los ciudadanos."

Una de las tareas de la Comisión Nacional contra las Adicciones que creará la próxima Ley del Cannabis será vigilar los efectos de la legalización y, al mismo tiempo, crear y apoyar políticas de educación y promoción de la salud. La educación ayudará a la gente a entender que la legalización no sólo proporcionará un importante apoyo sanitario, sino que también impulsará la economía mexicana.

13. Sólo las empresas pueden solicitar permisos/licencias.

No es cierto. Tanto las personas físicas como las jurídicas pueden solicitar permisos/licencias de cannabis y no existe ningún requisito legal para actuar a través de intermediarios. El verdadero problema aquí es que los permisos/licencias no son transferibles, por lo que si por alguna razón desea vender su negocio de cannabis, no podrá hacerlo a menos que el titular de la licencia sea una empresa, que puede ser vendida junto con la licencia. Se aconseja a las empresas crear una entidad mexicana que pueda solicitar las licencias; los requisitos de solicitud de los distintos permisos/licencias de cannabis, en particular para uso médico, son aplicables/pueden cumplirse mejor por entidades creadas en virtud de la legislación mexicana.

14. Ahora que el Reglamento Médico es oficial, puedo fumar marihuana, hacer o consumir comestibles, o utilizar cualquier tipo de ungüentos o suplementos.

Cultivar y fumar marihuana para uso individual de adultos sí es legal gracias a una Declaratoria de Inconstitucionalidad de la Suprema Corte, pero aún es necesario interponer un amparo para obtener los permisos para ejercer esos derechos. El Reglamento Médico no cambió nada en este sentido. En cuanto a comestibles, ungüentos, suplementos, etc., no se puede importar a México ningún producto de cannabis que no cumpla con los requisitos para ser consideradomedicamento, según la definición de la Ley General de Salud. En este momento, bajo el Reglamento Médico, los vapes o cualquier cosa que implique fumar cannabis tampoco puede ser importado a México, y no esperamos que la Ley del Cannabis regule lo contrario. La única excepción serían los dispositivos que permiten fumar/inhalar para uso médico. La Ley del Cannabis también regulará la fabricación, venta (y por tanto consumo) de comestibles y bebidas con contenido de CBD/THC, pero no esperamos que se legalicen los que contengan THC. Según las disposiciones transitorias contenidas en el proyecto de Ley del Cannabis, la prohibición de los comestibles que contengan THC podría levantarse en tres años, una vez que haya más estudios sobre su efecto en la salud humana, pero como ocurre con muchas otras cosas, tendremos que esperar a la aplicación de la ley (y a la existencia de esos estudios) para estar seguros.

15. El IMPI, la Oficina Mexicana de Patentes y Marcas, deniega el registro de marcas de cannabis.

En México no existe una prohibición absoluta para el registro de marcas de cannabis. La prohibición legal era que no se otorgara ninguna marca "cuando su contenido o forma sean contrarios al orden público o contravengan cualquier disposición legal." Ahora que ha entrado en vigor el Reglamento Médico y se ha emitido una Declaratoria General de Inconstitucionalidad que permite el consumo individual de cannabis para adultos, creemos que la prohibición ha perdido gran parte de su poder. Es cierto que hasta la fecha se han concedido muy pocos registros de marcas de cannabis, pero eso se debe más bien a que las empresas han abandonado sus solicitudes por problemas de genericidad o similitud, así como a que la pandemia del COVID ha ralentizado los tiempos de respuesta del Gobierno. Esperamos que algunos examinadores sigan prestando especial atención a las marcas de cannabis, pero ahora que el cannabis es totalmente legal para uso médico, si/cuando la legalización total sea una realidad será más fácil impugnar cualquier objeción a la solicitud. En ese momento se producirá un notable aumento de los registros de marcas concedidos a empresas de cannabis.

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