Marihuana en Oregón: OLCC propone normas de reclasificación de violaciónes

El martes 6 de septiembre de 2022, un Comité Asesor de Reglas (RAC) de la Comisión de Licor y Cannabis de Oregón (OLCC) tuvo su primera reunión para discutir las enmiendas a las normas administrativas que rigen los negocios de marihuana con licencia. En concreto, el RAC se reunió para discutir nuevas normas propuestas que reclasificarían las infracciones relacionadas con la marihuana.

Este post analiza algunas de las normas de reclasificación propuestas. Los titulares de licencias y el público están invitados a observar las reuniones del RAC, y la OLCC más tarde celebrará audiencias públicas y proporcionará un período de dos semanas de comentarios para obtener perspectivas adicionales sobre los cambios propuestos (el calendario se actualiza aquí). Este post discute algunas de las nuevas normas propuestas reclasificación de violaciónes de marihuana, que se puede encontrar aquí.

Denegación de la solicitud

Uno de los cambios propuestos en la norma eliminaría la actual OAR 845-025-1115(1)(c)(C). Esta norma más amplia regula cuándo el OLCC debe denegar una solicitud inicial o de renovación. La sección cuya eliminación se propone establece que el OLCC debe denegar una solicitud inicial o de renovación si el local de licencia propuesto es:

"En la misma ubicación que una licencia de productor, minorista, transformador, mayorista o laboratorio, a menos que las licencias sean de tipos diferentes y todas las licencias de la ubicación sean propiedad o estén solicitadas por solicitantes idénticos. A los efectos de este párrafo, "en la misma ubicación" significa que cualquier área del local con licencia propuesto se encuentra dentro del local con licencia de otra licencia."

Con la eliminación de este lenguaje, los actuales titulares de licencias y los nuevos solicitantes tendrían una mayor flexibilidad empresarial a la hora de estructurar las licencias de marihuana en sus propiedades. Se trata de un cambio bienvenido.

El OLCC también propone añadir disposiciones explícitas que exijan la denegación de una solicitud inicial o de renovación si el solicitante ha desviado marihuana al mercado interestatal o ha operado como cultivador de cáñamo y ha cultivado cannabis que se presume que es marihuana según el OAR 845-026-4100. Estos cambios reflejan claramente la reciente atención prestada por Oregón a los cultivos ilícitos de marihuana en todo el estado y el presunto uso de licencias de cáñamo para dedicarse al cultivo de marihuana.

Cambio de ubicación

El OLCC propone cambios significativos en el OAR 845-025-1180, que regula los cambios de ubicación y clasifica las infracciones de esta norma como infracciones de categoría II. En general, la norma propuesta aclara el proceso para los cambios de ubicación y reafirma que un titular de licencia no puede comenzar a realizar una actividad que requiera una licencia hasta que el OLCC apruebe la solicitud de cambio de ubicación.

Panorama general

Entre los (bienvenidos) cambios propuestos figura la clasificación o reclasificación explícita de la categoría de infracción por incumplir una norma concreta. Actualmente, cada norma no incluía una descripción expresa de a qué categoría de infracción pertenecería un incumplimiento. Las normas propuestas incluirán una disposición expresa en casi todas las normas que identifique en qué categoría (I a V) entraría una infracción. Se trata de un excelente ejemplo de modificación de las normas para aportar claridad a los titulares de licencias.

Otra modificación importante se refiere a las normas que regulan la retirada de productos. Los cambios propuestos otorgan al OLCC mayor autoridad para retirar productos y se centran en la salud y la seguridad. Los cambios propuestos también requieren que el OLCC identifique las razones de la retirada y ofrezca orientación sobre cómo un licenciatario debe llevar a cabo la retirada.

En cuanto al panorama general de la reclasificación de las sanciones para los titulares de licencias son los siguientes:

  • La OLCC se reservaría expresamente el derecho de sancionar a los productores titulares de licencias mediante la imposición de sanciones civiles sin opción de suspensión;
  • Las normas establecerían que el OLCC puede utilizar una reducción estándar del 30% en las sanciones durante el proceso de conciliación. Un esfuerzo de buena fe por parte del titular de una licencia para evitar una infracción sólo puede reducir la sanción en un 3% y la cooperación puede reducir la sanción en un 5%. La autodenuncia puede reducir la sanción en un 7% y otros esfuerzos en un 2%.
  • Cuando el titular de la licencia o el solicitante no estaba personalmente implicado o no tenía conocimiento de que se estaba produciendo la infracción. Este factor de atenuación reduce la sanción en un 10% en total.
  • En cuanto a los factores agravantes, diversos factores agravantes pueden aumentar la pena presunta en determinados porcentajes.

Para más información sobre la normativa OLCC, la clasificación de sanciones y los litigios, consulte los siguientes posts:

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