Actualización de la normativa sobre cannabis en Oregón: Drive-Thru, Delivery

El mes pasado, mi colega de Portland y extraordinario litigante de negocios de cannabis Jesse Mondry escribió un post titulado Oregon Cannabis: ¿Se acaba la venta de marihuana en los autoservicios? El viernes, 16 de diciembre, obtuvimos una respuesta a esa pregunta. La respuesta, me complace informar, es "no en este momento". Esa determinación se produjo a través de la Comisión de Licor y Cannabis de Oregon (OLCC), la reciente adopción parcial de ciertas enmiendas a las normas propuestas.

Los cambios en cuestión se resumen en el Boletín CE2022-04 (el "Boletín"). Tenga en cuenta que el Boletín no sólo se refiere a las ventas drive-up o drive-thru. También aborda el tema crítico de la entrega in situ.

En drive-thru, Jesse escribió:

OAR-025-1300(g) prohíbe a los titulares de licencias vender artículos de marihuana a través de una ventanilla de autoservicio o sin cita previa. Pero en diciembre de 2021 la pandemia de COVID-19 hizo que la OLCC adoptara normas temporales que permitían la entrega de artículos de marihuana a una persona en el estacionamiento de la tienda, a una persona en la entrada principal de la tienda, o a una persona en una ventanilla sin cita previa o drive-thru de la tienda. Así que durante casi dos años, los minoristas, los pacientes y los clientes se han acostumbrado a tener la opción de utilizar un drive-thru para entregar la marihuana (cuando no esté prohibido por una ordenanza local).

Ahora que la pandemia parece estar llegando a su fin, la OLCC parece dispuesta a restablecer la norma anterior, en parte, prohibiendo la entrega en autoservicio y permitiendo la entrega en ventanilla. Esto es lo que podría decir la nueva norma: Una licencia no puede vender ningún artículo de marihuana a través de un drive-up o walk-up ventana. Propuesta OAR 845-025-1300.

La gente tenía mucho que decir al respecto, como atestiguan las audiencias del mes pasado. Las preocupaciones por la seguridad y la accesibilidad ocuparon un lugar destacado. Parece que la OLCC se tomó en serio esos comentarios y concluyó:

Durante las reuniones del comité consultivo de normas y el periodo de comentario público de las normas, se hizo evidente... que es necesario un proceso de elaboración de normas separado que se centre exclusivamente en las normas de entrega en vehículos y en el lugar de trabajo. Lo programaremos para el próximo año nuevo.

¡Poder para el pueblo! Si todavía estás aquí y no has hecho clic en el Boletín, te haré la vida aún más fácil. Aquí tienes la clave para cortar y pegar:

¿Qué sigue igual?

  • La OLCC seguirá NO aplicando la prohibición de los autoservicios. Las jurisdicciones locales (ciudades y condados) todavía pueden prohibir la actividad de drive through a través de regulaciones de tiempo, lugar y forma.
  • Los minoristas pueden seguir ofreciendo a los consumidores opciones de entrega in situ (por ejemplo, pedido por adelantado, entrega en vehículo en aparcamiento controlado). La entrega a través de una ventanilla se considera entrega in situ y debe cumplir la norma OAR 845-025-2885.

¿Qué cambia?

  • Este paquete de normas eliminó la prohibición de las ventanillas sin cita previa, lo que significa que puede seguir utilizando o añadiendo opciones de ventanilla sin cita previa en los comercios minoristas.
  • Se ha añadido una nueva norma que prohíbe las entregas en vehículos en presencia de menores, a menos que vayan acompañados de uno de sus padres o un tutor. Esto solo se aplica a las entregas realizadas en un vehículo; los menores siguen estando prohibidos en el interior de las tiendas.

Bastante sencillo y no tenemos ningún problema con nada de esto. Para cualquiera que lo haga, o quiera abogar por el derecho en curso para ofrecer drive-thru y las ventas a domicilio como se permite actualmente, estad atentos para el proceso de reglamentación separada OLCC ahora propone en 2023.

Mientras tanto, como siempre, le animamos a leer detenidamente todos y cada uno de los Boletines de Cumplimiento de la OLCC y a suscribirse a las alertas de correo electrónico de la OLCC. Tal vez incluso seguir a la Comisión en cualquiera de sus medios de comunicación social. No son las peores cuentas.

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