ICYMI: Llega el cannabis "comparable al orgánico" certificado en California

Debido a la ilegalidad federal del cannabis, las empresas cannábicas no reciben un trato normal por parte del gobierno federal (con tal vez una o dos excepciones, como la NLRB y la guía FinCEN de 2014 para el acceso a las instituciones financieras). Obviamente, esto dificulta la capacidad de una empresa de cannabis para operar de manera coherente y fiable, y puede hacer que sea difícil para las empresas de cannabis destacar realmente en lo que respecta a la creación de nombres y marcas conocidas.

En concreto, otras empresas del mundo agrícola, legales a nivel federal, pueden utilizar libremente el término "orgánico" en sus productos comestibles siempre que se adhieran a los protocolos y reglamentos del Departamento de Agricultura de EE.UU. ("USDA"). No es el caso del agricultor o distribuidor de cannabis medio. Al mismo tiempo, para ayudar a los cultivadores de cannabis y a otros titulares de licencias de cannabis con la supervivencia económica y el reconocimiento del producto, así como el establecimiento de normas más completas para la calidad del producto, los estados individuales han contemplado programas de certificación pseudo-orgánica bajo la ley estatal (como el estado de Washington). Sin embargo, California está liderando el camino como el primer estado en tener un programa de certificación "orgánica" comparable a los federales que se pondrá en marcha en 2021.

Volvamos a la legislación federal. Etiquetar un producto como "ecológico" requiere generalmente una certificación real, y esa certificación está regulada por el USDA. El Congreso estableció principios orgánicos generales en la Ley de Producción de Alimentos Orgánicos, y el USDA define y regula normas orgánicas específicas. Aunque existen certificaciones alternativas para el cannabis y sus productos derivados en virtud de diversas leyes estatales, ninguna está aprobada o regulada por el USDA, y por lo tanto no crean una certificación orgánica federal oficial (lo que no ocurrirá a menos que y hasta que el cannabis sea legalizado a nivel federal).

A pesar de las actuales leyes federales en torno a la certificación orgánica, la Ley de Regulación y Seguridad del Cannabis Medicinal y de Uso Adulto ("MAUCRSA"), el Departamento de Alimentación y Agricultura de California ("CDFA") está obligado a establecer un programa de certificación para el cannabis que sea comparable al Programa Orgánico Nacional ("NOP") y a la Ley de Alimentación y Agricultura Orgánica de California antes del 1 de enero de 2021. En respuesta a su directiva estatutaria bajo MAUCRSA, CDFA creó el Programa OCal. "OCal" es un término de etiquetado que "identifica los productos comerciales de cannabis de California producidos de acuerdo con la normativa OCal, que es comparable a la normativa [NOP]". El Programa OCal se encarga del desarrollo y la aplicación de reglamentos para los productos vendidos, etiquetados o representados como "OCal". Para que quede muy claro, "OCal" no significa "orgánico", tal y como se define y utiliza este término en la legislación federal; "OCal" significa en realidad productos de cannabis "comparables a los orgánicos" que sólo se venden en el Estado de California.

En caso de que no se haya enterado, OCal es estrictamente un programa de certificación voluntaria (pero no se puede utilizar la etiqueta OCal sin la certificación requerida). Básicamente, los titulares de licencias de cultivo o distribución pueden solicitar la certificación a través del programa y, si el titular de la licencia cumple los requisitos de certificación, el agente certificador (que estará acreditado por NOP u OCal, y puede ser una "entidad privada" o un gobierno local el que realice la certificación) designará las operaciones del titular de la licencia como "OCal". OCal todavía no ha entrado en juego: aunque se ha creado el programa y se ha enviado al público una ronda inicial de reglamentos para que los comente, esos borradores iniciales de normas todavía se están modificando y no se prevé que se adopten hasta diciembre de este año, con lo que el Programa OCal entrará en funcionamiento el 1 de enero de 2021. Y si usted es un fabricante que quiere etiquetar sus productos como "comparables a los orgánicos" según la ley estatal, también tendrá su oportunidad, ya que el Departamento de Salud Pública de California también debe establecer un programa similar al OCal antes del 1 de julio de 2021.

¿Qué significa y qué implica realmente la certificación? En la propuesta de reglamento publicada por el CDFA en mayo de este año se ofrece un esquema sólido. He aquí algunos de los aspectos más destacados de esa normativa:

  1. No todos los licenciatarios pueden obtener la certificación OCal. En concreto, "quedan excluidas las operaciones comerciales de cannabis con licencia que no manipulen cannabis ni productos de cannabis no manufacturados que vayan a etiquetarse, venderse o representarse como OCal... incluyendo...". Las operaciones de distribución si los productos de cannabis OCal no manufacturados: (1) Se reciben encerrados en un paquete o contenedor; (2) Permanecen encerrados en el mismo paquete o contenedor mientras están bajo el control del distribuidor, excepto para el muestreo de la Oficina; y (3) Están en un contenedor etiquetado de conformidad con la sección 10301(a) de este capítulo; Operaciones de laboratorio; [y] Operaciones de venta al por menor".
  2. Incluso si usted puede etiquetar sus productos como "OCal" certificado, todavía no se puede utilizar el término "orgánico" en cualquier lugar de la etiqueta o es una violación de la ley estatal (por no hablar de una violación de la ley federal), y los productos etiquetados como OCal debe contener 100% OCal certificados componentes del producto / ingredientes. Si usted está etiquetando a sabiendas sus productos como OCal sin acreditación o simplemente como "orgánico", puede recibir multas administrativas del estado de hasta 17.952 dólares por infracción, o hasta 20.000 dólares por infracción con revocación o suspensión (a partir de la publicación de las normas modificadas del 1 de septiembre).
  3. Los cultivadores y distribuidores que participan en el programa tienen que llevar más registros, protocolos de sistemas (incluida la adopción de un programa de sistemas OCal muy específico que debe utilizarse en las instalaciones autorizadas) y requisitos reglamentarios de rendición de cuentas (incluidos los relativos al seguimiento y localización) para garantizar que pueden demostrar el cumplimiento del programa en cualquier momento.
  4. Para ser vendidos o etiquetados como OCal, el cannabis y los productos de cannabis no manufacturados tienen que ser hechos/cultivados sin el uso de: "Sustancias e ingredientes sintéticos", salvo lo dispuesto en la Lista Nacional de Sustancias Permitidas y Prohibidas; "Sustancias no sintéticas" prohibidas en la Lista Nacional de Sustancias Permitidas y Prohibidas; Sustancias prohibidas para su uso en el cannabis en virtud de la legislación estatal según lo determinado por el Departamento de Regulación de Plaguicidas; "Métodos excluidos"; Radiación ionizante, tal como se describe en la regulación de la Food and Drug Administration, 21
    C.F.R. sección 179.26; y lodos de depuradora.
  5. Específicamente para los cultivadores, no se puede utilizar cualquier parcela de tierra o ubicación si se quiere ser OCal, y la tierra/explotación debe gestionarse también de formas extremadamente específicas. La tierra o la granja debe (1) haber sido gestionada para mantener la fertilidad del suelo y los niveles de nutrientes de los cultivos de acuerdo con la normativa, que es un sistema increíblemente completo y detallado con prácticas específicas de semillas y plantas que también incluye requisitos específicos de rotación de cultivos, así como requisitos y prohibiciones de fertilizantes y pesticidas; (2) no haber tenido sustancias prohibidas en su superficie o aplicadas a la misma durante un período de 3 años inmediatamente anteriores a la cosecha de cannabis; y 3) tener límites y zonas tampón claros y definidos en el campo o parcela agrícola del operador para evitar la aplicación involuntaria de una sustancia prohibida al cultivo o el contacto con una sustancia prohibida aplicada a tierras colindantes que no estén bajo gestión ecológica.
  6. Un sello OCal específico sólo puede utilizarse en productos según el color de fondo. Estas son sus dos opciones hasta el momento:
  7. Conseguir la certificación no va a ser la tarea más fácil del mundo, ya que los solicitantes tendrán que demostrar el cumplimiento del programa mediante un proceso de solicitud independiente (que incluye la revisión de un programa de sistemas OCal propuesto y preparado por el solicitante) que conlleva una inspección in situ bastante rigurosa por parte del estado/agente certificador antes de que se conceda la certificación.
  8. El coste de la solicitud es de 500 dólares y, además, tendrá que pagar el tiempo que le dedique un agente certificador para completar el proceso de acreditación, a 55 dólares la hora. Recibirá la factura por el tiempo invertido una vez que se haya determinado que reúne los requisitos para la acreditación y tendrá que pagar en un plazo de 10 días a partir de la recepción para recibir la acreditación. También hay tasas fijas de renovación de registro para los agentes certificadores que aumentan con el tiempo dependiendo de cuándo se registre en 2021 y más allá.

El 1 de septiembre, el CDFA publicó reglamentos modificados sobre el Programa OCal. Los reglamentos modificados son casi idénticos a los reglamentos propuestos en mayo de este año, con algunas excepciones notables en torno a la aclaración de (1) que los honorarios de un agente certificador tienen que ser "razonables" y bien documentados con el fin de ser elegible para el pago por parte de un solicitante según 8 arriba; (2) sanciones y tasas por violaciones intencionales; (3) que los resultados de las pruebas de cualquier producto agrícola que contenga pesticidas, residuos o contaminantes que superen las "tolerancias reglamentarias" de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) o de la Agencia de Protección del Medio Ambiente (EPA) no tengan que ser comunicados al Estado por un agente certificador (lo que tiene sentido porque no existen tales normas para el cannabis con ninguna de esas agencias). El público puede enviar sus comentarios al CDFA sobre estas normas modificadas hasta el 15 de septiembre.

Con la llegada de las normas modificadas, que reflejan en gran medida las normas propuestas, y dado que ya estamos en septiembre, es probable que ya estemos ante la mayor parte del Programa OCal. A su vez, los cultivadores y distribuidores deberían prepararse ahora para la certificación OCal, ya que seguramente no será una tarea fácil. La cuestión aquí es que la certificación del Estado de California intentará ser tan buena como la certificación federal (aunque la semántica legal en torno al término "orgánico" no coincida del todo), y es de esperar que sea beneficiosa a largo plazo para cultivadores, distribuidores y consumidores. Veamos.