El Tribunal de Comercio Internacional autoriza la importación de "accesorios para drogas" a Washington

El Tribunal de Comercio Internacional de EE.UU. ("CIT") emitió recientemente un dictamen que indica que la importación o exportación de "parafernalia de drogas" a o desde estados en los que el cannabis es legal representa una excepción a la prohibición federal impuesta por la Ley de Sustancias Controladas ("CSA"). En virtud de 21 U.S.C. § 863(d), "parafernalia de drogas" se define en sentido amplio como:

cualquier equipo, producto o material de cualquier tipo destinado o diseñado principalmente para su uso en la fabricación, composición, conversión, ocultación, producción, procesamiento, preparación, inyección, ingestión, inhalación o cualquier otra forma de introducción en el cuerpo humano de una sustancia controlada.

Ya hemos explicado aquí por qué esta definición tan amplia puede hacer que no merezca la pena arriesgarse a importar.

Eteros Technologies USA contra Estados Unidos

El demandante Eteros había intentado importar un equipo de recorte (el "Mobius M108S Trimmer" para ser exactos) a través del puerto de Blaine, Washington, en abril de 2021. Cuando el equipo fue presentado a Aduanas y Protección Fronteriza ("CBP") para su examen, y CBP emitió un Aviso de Detención a Eteros. Eteros respondió oportunamente a la Notificación e indicó que, si bien el equipo estaba destinado a ser utilizado con cáñamo, también podía utilizarse con marihuana. También presentó dos argumentos:

  1. Que el equipo no constituía en absoluto parafernalia de drogas porque se iba a utilizar para cáñamo, no para marihuana; y
  2. Que incluso si se calificara como parafernalia de drogas, debería estar exenta de la prohibición de importación debido a que la marihuana es legal según la legislación del Estado de Washington.

Al mes siguiente, el CBP informó a Eteros de que, no obstante, iba a excluir el equipo porque constituía "parafernalia de drogas". Eteros interpuso una demanda para impugnar la decisión del CBP.

El dictamen

El dictamen es de lo más técnico, ya que profundiza en la historia de la ahora modificada legislación de Washington relativa a la marihuana y aplica normas de interpretación de la ley. En última instancia, el CIT encontró que la exención abarca la parafernalia que está autorizada por la ley estatal ("[e]sta sección no se aplicará a[,] cualquier persona autorizada por la ley local, estatal o federal para fabricar, poseer o distribuir tales artículos"). Por lo tanto, la CBP no estaba justificada al excluir el equipo de Eteros.

Al ser el primer dictamen de este tipo, se trata de un gran avance potencial (y, con suerte, una tendencia) para el sector del cannabis, especialmente en un momento en el que la industria lucha contra el aumento de los costes a nivel nacional. Sin embargo, es importante recordar que es probable que el Gobierno de EE.UU. presente una impugnación, por lo que todavía no se trata de una nueva ley.

Estaremos atentos a futuros acontecimientos que, esperamos, sigan favoreciendo a la industria del cannabis de Washington y a la importación y exportación internacionales.

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