Litigios sobre cannabis: ¿Qué es la responsabilidad "Alter Ego"?

Al emprender un negocio, ya sea de cannabis o de otro tipo, el primer paso es crear una entidad empresarial. (Uno de los principales objetivos de crear una entidad empresarial es limitar la exposición a la responsabilidad personal de los fundadores. Normalmente, la propia entidad empresarial, y no los inversores, propietarios o gestores de la entidad, es responsable de las deudas de la empresa en casi todas las circunstancias. Una excepción es la teoría de la responsabilidad por alter ego.

La teoría de la responsabilidad por alter ego intenta llegar más allá de la entidad empresarial supuestamente responsable. Esto se conoce como perforar el velo corporativo. La teoría de la responsabilidad por alter ego no se limita a la perforación de una empresa para llegar a los bolsillos de los propietarios. También puede utilizarse para llegar a otras entidades. Y el levantamiento del velo puede hacerse de varias maneras.

  • La perforación vertical se refiere a la perforación del velo entre una filial y su matriz para responsabilizar a la empresa matriz.
  • La perforación horizontal se refiere al uso de la teoría de la responsabilidad por alter ego para responsabilizar a empresas hermanas.
  • La perforación inversa se refiere al uso de la teoría de la responsabilidad por alter ego para responsabilizar a una empresa de la conducta de sus propietarios.

Un caso de cannabis presentado recientemente en Oregón demuestra el uso de la teoría del alter ego en sus formas tradicional y horizontal. El demandante es un conocido proveedor de caramelos de cannabis, autorizado por la OLCC. El demandante comercializa sus caramelos a dispensarios de marihuana autorizados en todo Oregón. Los dispensarios venden los dulces a sus clientes. Desde 2019, el demandante ha hecho negocios con un conjunto de dispensarios que operan bajo la misma marca y tienen los mismos o sustancialmente los mismos propietarios. (En otras palabras, esta marca opera numerosos dispensarios en todo Oregón que tienen los mismos propietarios). Cada dispensario funciona como una entidad propia. Pero cada uno está bajo el control común de las mismas dos personas.

Según la demanda, los demandados no pagaron aproximadamente 390.000 dólares en caramelos de cannabis. Los caramelos fueron supuestamente entregados por el demandante a los distintos demandados, que los aceptaron sin rechistar y los vendieron a clientes minoristas. Tras exigir el pago y no recibirlo, el demandante interpuso una demanda contra más de 20 empresas y sus dos directores. En ausencia de una teoría de responsabilidad por alter ego, cada demandado es responsable únicamente de los caramelos por los que no pagó. Así que la recuperación del demandante por cada dispensario es limitada.

Pero el demandante alegó una demanda tradicional y horizontal de responsabilidad por alter ego. En otras palabras, el demandante pretende responsabilizar a cada uno de los demandados -todos los dispensarios y los dos propietarios- de los caramelos comprados por el otro. Una demanda por responsabilidad de alter ego no suele estar disponible para una parte perjudicada. Tampoco se puede reclamar la responsabilidad por alter ego por el mero hecho de que las mismas personas sean propietarias de varias empresas. Del mismo modo, no se puede reclamar la responsabilidad por alter ego sólo porque todas las empresas operen bajo la misma marca o en el mismo sector.

¿En qué circunstancias puede un demandante alegar responsabilidad por alter ego?

Los detalles varían de un estado a otro. Pero en general, para la teoría del alter ego horizontal, el demandante debe alegar que los demandados tenían supervisión, control, gestión y unidad de intereses comunes. Para todas las teorías, el demandante debe alegar que los demandados no siguieron las formalidades corporativas. Es una forma de decir que los propietarios/empresas no actuaron como si las empresas fueran entidades separadas o independientes de sí mismas. Esta conducta puede incluir no celebrar reuniones del consejo de administración, mezclar el dinero de la empresa con el personal, o mezclar los beneficios, gastos y pérdidas de las empresas. También puede incluir que los propietarios traten las cuentas de la empresa como meras "huchas" en lugar de repartir dividendos o distribuciones como es debido. Otros factores pueden ser la capitalización insuficiente, la insolvencia en el momento de la transacción en cuestión, el desvío de fondos por parte de uno o más propietarios, la ausencia de registros corporativos o la falta de funcionamiento de directivos o consejeros.

Como su nombre indica, la teoría de la responsabilidad por "alter ego" se refiere en última instancia a si los miembros o accionistas han tratado a la entidad corporativa como un "mero instrumento" o "alter ego" de sí mismos. Normalmente, el listón para levantar el velo es alto, y el tribunal sólo hace uso de sus poderes equitativos cuando hay pruebas claras de que los que controlan una empresa la han utilizado con fines indebidos, como el fraude.

Tenga en cuenta que un demandante debe creer de buena fe que sus alegaciones son ciertas. A menudo, un demandante no dispone de información suficiente para alegar una responsabilidad por alter ego. Pero cuando un demandante sí dispone de dicha información, la reclamación de responsabilidad por alter ego es muy poderosa. Permite al demandante ir más allá de las limitaciones ordinarias de responsabilidad y llegar a los bolsillos de accionistas, miembros o empresas hermanas o matrices.

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