El Departamento de Control del Cannabis de California ("DCC", por sus siglas en inglés) está llevando a cabo una nueva normativa sobre el cannabis en virtud de la Ley de Regulación y Seguridad del Cannabis Medicinal y de Uso Adulto. A diferencia de otros estados, California no ha introducido cambios radicales en su normativa sobre el cannabis con enormes repercusiones en el sector. En su lugar, ha adoptado una serie de normas de emergencia con cambios sustanciales aquí y allá desde 2018.
Los cambios de la DCC parecen ser correcciones técnicas y más consolidación en lugar de grandes cambios regulatorios. La DCC afirma en su Exposición Inicial de Motivos que la necesidad de estas normas es "consolidar, aclarar y hacer coherentes" las regulaciones de licencias y aplicación en todos los tipos de licencias de cannabis de California.
Estos son algunos de los puntos más destacados de las normas propuestas por el DCC:
- El cultivo personal no puede tener lugar en un local autorizado;
- Todo local con licencia que incumpla actualmente determinadas disposiciones de la normativa específica para locales del CCR 15000.3 (por ejemplo, disponer de espacios habitables en su local con licencia (a menos que se exija otra cosa para obtener la aprobación local) dispone de un periodo de gracia de seis meses para cumplir la normativa;
- A partir de ahora, los contenedores de transporte y las construcciones modulares se considerarán "estructuras permanentes" fijadas al terreno. Es una buena noticia para los titulares de licencias que utilicen esas estructuras como locales autorizados;
- En cuanto a la prohibición actual de subarriendo, el DCC está endureciendo la regulación para prohibir también permitir ". . . que otra persona lleve a cabo operaciones en cualquier área designada como local con licencia para la actividad comercial de cannabis del licenciatario". Este reglamento va a estropear una multitud de situaciones en las que un licenciatario está involucrado en una licencia de propiedad intelectual y / o acuerdo de fabricación de terceros donde ese licenciante de propiedad intelectual o de terceros está operando en el local con licencia.
- A partir de ahora, los licenciatarios podrán utilizar contenedores de transporte como "espacio de almacenamiento temporal" si su capacidad de almacenamiento no es suficiente.
- Ahora dispondremos de normas más detalladas y de cumplimiento sobre el uso de una "denominación de origen".
- Algunos requisitos de solicitud de licencia anual están cambiando. Por ejemplo, los solicitantes ya no tienen que revelar el servicio militar previo y la divulgación de otros tipos de licencias emitidas a la empresa no son necesarios. Por otro lado, ahora es necesario revelar el agente registrado de la empresa y el DCC puede solicitar determinados documentos de gobierno que no están disponibles en línea en la Secretaría de Estado de California (como estatutos y acuerdos operativos). Los diagramas de los locales tampoco serán tan engorrosos, ya que la DCC está reduciendo ciertos requisitos técnicos para ellos (como tener que ser sólo en blanco y negro, etc.). Y la presentación de cualquier PNT se consolidará ahora en un único formulario que se facilitará a la DCC.
- En cuanto a la presentación de pruebas de aprobación local junto con la solicitud de licencia anual, los solicitantes podrán ahora limitarse a atestiguar que cumplen la legislación local. No obstante, no hay que entusiasmarse demasiado: la DCC seguirá comprobando la veracidad de la declaración con la administración local. Los solicitantes no tendrán que presentar pruebas físicas de la aprobación local (a menos que la DCC se lo pida).
- Aunque la definición de "propietario" no cambia, sí lo hace la de "titular de intereses financieros" ("FIH"). Ahora, en la definición de un FIH se incluye ". . . una persona que haya firmado un acuerdo de licencia de propiedad intelectual para obtener una participación en los beneficios". Además, si posee menos del 10% de las "acciones totales" de una empresa que cotiza en bolsa o de una empresa privada, no es un FIH (el umbral anterior era del 5%). No obstante, estos cambios son bastante ambiguos, dado que no se define con mayor precisión la "participación en los beneficios" (parece que cuenta cualquier participación en los beneficios, netos o brutos, sin excepción de umbral). Algunas otras estructuras empresariales, como las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades de responsabilidad limitada, no se mencionan específicamente en esta excepción actualizada de la FIH.
- La normativa sobre laboratorios se está reformando de forma más significativa. Ahora, un laboratorio tiene que ser "independiente de las personas que posean una licencia o un interés en un negocio comercial de cannabis con licencia para cualquier actividad que no sea la realización de pruebas". Los propietarios y los FIH de otros tipos de licencia no pueden ser propietarios y FIH de un laboratorio (y estas personas tampoco pueden ser empleados del laboratorio). Un laboratorio tampoco puede arrendar o subarrendar ninguna de sus instalaciones autorizadas a otros tipos de licencia. Los laboratorios tampoco pueden dar un trato especial a un titular de licencia en detrimento de otro, incluida la concesión de descuentos para la realización de pruebas.
- La lista de aditivos y productos prohibidos está cambiando, ya que el DCC está eliminando la cafeína, lo que es estupendo para los fabricantes de café y refrescos. Al mismo tiempo, los siguientes productos están ahora expresamente prohibidos: cualquier producto de cannabis inhalable administrado en los pulmones a través de un inhalador de dosis medida o un inhalador de polvo seco; cualquier producto de cannabis administrado a través del ojo o los conductos nasales; y cualquier producto de cannabis inyectado en el cuerpo mediante perforación de la piel.
- Tenemos una nueva sección sobre promociones comerciales prohibidas. En concreto, un licenciatario "no regalará ninguna cantidad de cannabis o productos derivados del cannabis, ni ningún accesorio de cannabis, como parte de una promoción comercial", y "un licenciatario no celebrará rifas ni sorteos como parte de una promoción comercial".
- Las devoluciones de cannabis entre licenciatarios son ahora legales para "cualquier fin comercial lícito", siempre y cuando se sigan los nuevos protocolos de devolución de la normativa. Anteriormente, no disponíamos de ninguna directriz o normativa relativa a las devoluciones entre licenciatarios.
- Los distribuidores obtienen un respiro en el sentido de que, entre otras cosas, ya no tienen que ser los únicos arrendadores o propietarios de sus vehículos de transporte. Sólo tienen que asegurarse de que cualquier otro propietario o arrendador utilice el vehículo para actividades ajenas al cannabis.
- Los minoristas también reciben un impulso, ya que ahora los empleados de reparto pueden transportar productos por valor de hasta 10.000 dólares y se elimina el límite sobre la cantidad de productos sin pedido que pueden transportar mientras están en tránsito. También se va a permitir la entrega en la acera (excepto para los minoristas que sólo realizan entregas).
Además de los cambios introducidos por el DCC, si se adopta esta versión del reglamento, el DCC también adoptará permanentemente el reglamento de emergencia del 27 de septiembre de 2021. El DCC está aceptando comentarios públicos sobre la normativa propuesta hasta el 19 de abril de 2022. Estaremos atentos y les mantendremos informados de lo que se apruebe esta vez.