Trabajadores del Cannabis en California: Excepciones para Contratistas Independientes

California considera empleados a casi todos los tipos de trabajadores. Sin embargo, hay algunas circunstancias importantes en las que los trabajadores pueden ser clasificados como contratistas. En mi primer post de esta serie, "Clasificación de los trabajadores del cannabis de California", expliqué los fundamentos de la clasificación de empleado frente a contratista independiente. Hoy, voy a ver algunas de las excepciones clave de contratista independiente para las empresas de cannabis de California.

Repaso rápido a la clasificación de los trabajadores del cannabis en California

Hace unos años, el estado aprobó la Ley de la Asamblea 5, codificando la llamada Prueba ABC de un caso de 2018, Dynamex Operations West, Inc. v. Superior Court. La prueba ABC hace recaer en los empleadores la responsabilidad de demostrar que los trabajadores son contratistas mediante el cumplimiento de los tres elementos siguientes:

(A) La persona está libre del control y dirección de la entidad contratante en relación con la ejecución del trabajo, tanto en virtud del contrato para la ejecución del trabajo como de hecho.

(B) La persona realiza un trabajo que está fuera del curso habitual de los negocios de la entidad contratante.

(C) La persona se dedica habitualmente a un comercio, ocupación o negocio establecido de forma independiente de la misma naturaleza que el implicado en el trabajo realizado.

Como mencioné en mi último artículo, aunque la prueba es breve, puede resultar difícil de cumplir para los empresarios. Así que la legislatura elaboró algunas excepciones a la Prueba ABC. A continuación explico dos de ellas, cada una de las cuales puede ser importante para las empresas de cannabis.

Excepciones para contratistas independientes entre empresas

A veces, las empresas de cannabis creen que pueden eludir la clasificación si contratan con una entidad en lugar de con una persona. Pero no siempre es así. California tiene una excepción de contratista independiente B2B, pero es una batalla cuesta arriba de cumplir. Si una empresa de cannabis contrata con una empresa (sociedad, LLC, corporación, etc.), entonces para que la excepción B2B se aplique, (1) la empresa debe demostrar que se cumplen los DOCE (¡!) de los siguientes criterios, y luego (2) aplicar los factores de la Prueba Borello que discuto al final de este post. Estos son los doce criterios de la primera parte de la prueba:

  1. El prestador de servicios empresariales está libre del control y la dirección de la entidad mercantil contratante en relación con la ejecución de la obra, tanto en virtud del contrato para la ejecución de la obra como de hecho.
  2. El prestador de servicios a empresas presta servicios directamente a la empresa adjudicadora y no a los clientes de ésta. Este subapartado no se aplica si los empleados del proveedor de servicios a empresas únicamente prestan los servicios objeto del contrato en nombre del proveedor de servicios a empresas y el proveedor de servicios a empresas contrata habitualmente con otras empresas.
  3. El contrato con el proveedor de servicios a empresas se formaliza por escrito y en él se especifica el importe del pago, incluida cualquier tasa de pago aplicable, por los servicios que deben prestarse, así como la fecha de vencimiento del pago por dichos servicios.
  4. Si el trabajo se realiza en una jurisdicción que requiere que el proveedor de servicios empresariales tenga una licencia comercial o un registro fiscal comercial, el proveedor de servicios empresariales tiene la licencia comercial o el registro fiscal comercial requeridos.
  5. El prestador de servicios a empresas mantiene un local comercial, que puede incluir la residencia del prestador de servicios a empresas, separado del local comercial o de trabajo de la empresa contratante.
  6. El prestador de servicios empresariales ejerce habitualmente una actividad empresarial independiente de la misma naturaleza que la del trabajo realizado.
  7. El proveedor de servicios a empresas puede contratar con otras empresas la prestación de servicios iguales o similares y mantener una clientela sin restricciones por parte de la entidad contratante.
  8. El proveedor de servicios empresariales se anuncia y se presenta al público como disponible para prestar los mismos servicios o servicios similares.
  9. En consonancia con la naturaleza del trabajo, el proveedor de servicios a empresas proporciona sus propias herramientas, vehículos y equipos para llevar a cabo los servicios, sin incluir ningún material patentado que pueda ser necesario para realizar los servicios objeto del contrato.
  10. El proveedor de servicios a empresas puede negociar sus propias tarifas.
  11. En función de la naturaleza del trabajo, el proveedor de servicios a empresas puede fijar su propio horario y lugar de trabajo.
  12. El proveedor de servicios empresariales no está realizando el tipo de trabajo para el que se requiere una licencia de la Junta Estatal de Licencias de Contratistas, de conformidad con el Capítulo 9 (a partir de la Sección 7000) de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones.

Como ya se ha mencionado, si la empresa contratante puede demostrar que se cumplen todos los elementos anteriores, puede realizar el análisis de la prueba Borello y concluir que no existe relación laboral. En cualquier caso, incluso demostrar que se cumplen los 12 elementos anteriores puede ser un reto. Si ni siquiera se cumple uno de ellos, la empresa se ve obligada a aplicar la prueba ABC de Dynamex, que suele ser mucho más favorable a la conclusión de que existe una relación laboral que la prueba Borello.

Excepciones para contratistas independientes de servicios profesionales

El ABC Test y Dynamex tampoco se aplican a determinados contratos de "servicios profesionales", que tienen una definición restringida. En lo que respecta a las empresas de cannabis, esto puede incluir algunas (pero no todas) las relaciones de marketing, administradores de recursos humanos y artistas. Las cualificaciones son muy específicas, por lo que las empresas no pueden dar por sentado que cualquier profesional del marketing, por ejemplo, está exento. De hecho, al igual que con la excepción del contratista independiente B2B, las empresas contratantes todavía tienen que demostrar una serie de factores - afortunadamente, sólo seis esta vez - antes de hacer el análisis de la Prueba Borello. Esos seis factores son:

  1. El individuo mantiene una ubicación comercial, que puede incluir la residencia del individuo, que está separada de la entidad contratante. Nada de lo dispuesto en el presente apartado prohíbe a un particular optar por prestar servicios en la sede de la entidad contratante.
  2. Si el trabajo se realiza más de seis meses después de la fecha de entrada en vigor de esta sección y el trabajo se realiza en una jurisdicción que requiere que el individuo tenga una licencia de negocio o registro de impuestos de negocios, el individuo tiene la licencia de negocio requerida o registro de impuestos de negocios con el fin de prestar los servicios en virtud del contrato, además de cualquier licencia profesional requerida o permisos para el individuo para ejercer en su profesión.
  3. El individuo tiene la capacidad de fijar o negociar sus propias tarifas por los servicios prestados.
  4. Fuera de las fechas de finalización de los proyectos y de un horario laboral razonable, la persona tiene la capacidad de fijar su propio horario.
  5. La persona se dedica habitualmente al mismo tipo de trabajo realizado bajo contrato con otra entidad contratante o se presenta a otros clientes potenciales como disponible para realizar el mismo tipo de trabajo.
  6. La persona ejerce de forma habitual y regular discreción y juicio independiente en el desempeño de los servicios.

Como puede ver, estos factores se solapan con la excepción del contratista independiente B2B en muchos casos. Dependiendo de las circunstancias, podrían aplicarse ambas excepciones de contratista independiente, lo que requeriría análisis separados.

Prueba Borello y excepciones de contratista independiente

Ya he hablado un poco de la prueba Borello, y ahora explicaré en qué consiste. La prueba procede de un caso del Tribunal Supremo de California de 1989 titulado S. G. Borello & Sons, Inc. contra el Departamento de Relaciones Industriales. La prueba analiza los hechos en torno a la relación de una empresa con un trabajador para determinar si éste es un empleado. A diferencia de la rígida prueba ABC, la prueba Borello sopesa varios factores. Así que si, por ejemplo, no se cumplen uno o dos de los factores, eso no obligaría necesariamente de forma inmediata a considerar que una persona es un empleado. Estos son los factores: los TRECE (¡!):

  1. Si el trabajador que presta servicios se presenta como si ejerciera una profesión o actividad distinta de la del empresario;
  2. Si el trabajo es parte integrante o habitual de la actividad del empresario;
  3. Si es el empresario o el trabajador quien suministra los instrumentos, las herramientas y el lugar para que el trabajador realice el trabajo;
  4. Si el trabajador ha invertido en la empresa, por ejemplo en los equipos o materiales que requiere su tarea;
  5. Si el servicio prestado requiere una habilidad especial;
  6. El tipo de ocupación y si el trabajo se realiza habitualmente bajo la dirección del empresario o por un especialista sin supervisión;
  7. La oportunidad del trabajador de obtener beneficios o pérdidas en función de su capacidad de gestión;
  8. La duración de los servicios;
  9. El grado de permanencia de la relación laboral;
  10. La forma de pago, ya sea por tiempo o por trabajo;
  11. Si el trabajador contrata a sus propios empleados;
  12. Si el empresario tiene derecho a despedir a voluntad o si un despido da lugar a una acción por incumplimiento de contrato; y
  13. Si el trabajador y el empleador potencial creen o no que están creando una relación empleador-empleado (esto puede ser relevante, pero la determinación legal de la situación laboral no se basa en si las partes creen que tienen una relación empleador-empleado).

Como puedes ver, este asunto es complicado y hay cierto nivel de solapamiento con los elementos de las excepciones de contratista independiente de servicios profesionales o B2B que he comentado anteriormente. Para determinar plenamente si alguien es o no es empleado requiere un montón de grasa del codo. En nuestra experiencia, esto puede ser una gran molestia para las empresas de cannabis de California - pero aún más para las empresas que llegan al estado de otros estados o países que no están acostumbrados a la extrema atmósfera de la ley de empleo de California. ¡Y es extremo!

Pasar por un análisis de excepciones de contratistas independientes de múltiples factores cada vez que una empresa quiere cubrir un nuevo puesto no es fácil y, para algunas empresas, no es una opción económicamente viable. Afortunadamente para muchas empresas de cannabis, un buen asesor legal puede analizar los problemas rápidamente y ayudar a las empresas a establecer políticas para agilizar el proceso cuando se contratan nuevos contratistas.


Debo señalar que incluso si un empleador pasa por el proceso anterior y está muy seguro de haber encontrado una sólida excepción de contratista independiente, no es necesariamente inmune a la responsabilidad. Los trabajadores demandan habitualmente por clasificación errónea, incluso en algunos casos en los que tales reclamaciones carecen de fundamento. Pasar por el análisis no puede hacer que una empresa sea a prueba de balas, pero puede prepararla para defenderse contra estas demandas. En los próximos días, voy a explorar más cuestiones con la clasificación de los trabajadores del cannabis de California.