California Cannabis Tax Relief: CDFTA y la Ley 195 de la Asamblea

La desgravación fiscal del cannabis en California es algo importante. Y es algo real. Lo importante ahora es cómo el Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California ("CDTFA") interpreta la Ley de la Asamblea 195.

Como ya escribí en el blog, California por fin se ha puesto manos a la obra con una pequeña reducción de los impuestos sobre el cannabis para los titulares de licencias de cannabis (principalmente en beneficio de los cultivadores). A partir del 1 de julio de 2022, no habrá más impuestos sobre el cultivo. El impuesto especial se mantendrá en el 15%, mientras que la tasa de margen para las transacciones en condiciones de plena competencia se reducirá del 80% al 75% (antes del nuevo cálculo el 1 de enero del próximo año).

El Estado ha hecho mucho ruido y se ha felicitado a sí mismo por la aprobación de la ley AB-195. Podría decirse que lo único que hace es trasladar la carga de los impuestos y la recaudación entre los concesionarios. Podría decirse que, en realidad, lo único que hace es trasladar el dolor de cabeza de los impuestos y la carga de la recaudación entre los titulares de licencias. Aun así, demuestra que el Estado está escuchando las quejas del sector. En cualquier caso, lo que importa ahora es cómo interpreta la CDTFA la AB-195.

El 7 de julio de 2022, la CDTFA publicó la siguiente PSA para todos los licenciatarios de cannabis de California:

Ya no se aplica el impuesto de cultivo

A partir del 1 de julio de 2022, el impuesto sobre el cultivo ya no se aplicará al cannabis ni a los productos derivados del cannabis que entren en el mercado comercial. Además, los distribuidores y fabricantes ya no están obligados a recaudar el impuesto de cultivo de los cultivadores cuando un cultivador vende o transfiere cannabis a un fabricante o distribuidor a partir del 1 de julio de 2022.

¿Qué ocurre cuando un cultivador vende cannabis a un distribuidor o fabricante a partir del 1 de julio de 2022?

El distribuidor o fabricante no debe cobrar el impuesto de cultivo al cultivador. La factura entre el cultivador y el distribuidor o fabricante debe indicar que no se adeudaba ningún impuesto de cultivo.

¿Qué ocurre cuando un cultivador vende cannabis a un distribuidor o fabricante antes del 1 de julio de 2022 y el cannabis o los productos derivados entran en el mercado comercial a partir del 1 de julio de 2022?

El impuesto de cultivo no es exigible sobre el cannabis o los productos derivados del cannabis que entren en el mercado comercial a partir del 1 de julio de 2022, incluso si un cultivador vendió o transfirió cannabis antes del 1 de julio de 2022. Cualquier impuesto de cultivo recaudado sobre el cannabis que haya entrado en el mercado comercial a partir del 1 de julio de 2022 deberá devolverse al cultivador que pagó originalmente el impuesto de cultivo. El cannabis entra en el mercado comercial cuando el cannabis o sus productos derivados superan las pruebas y el control de calidad exigidos.

¿Cómo paga un fabricante el exceso de impuesto de cultivo recaudado?

Un fabricante que haya recaudado el impuesto de cultivo y no pueda devolverlo al cultivador que lo pagó debe transferir el exceso de impuesto de cultivo recaudado a un distribuidor para que éste pague el exceso de impuesto de cultivo recaudado a la CDTFA.

¿Cómo paga un distribuidor el exceso de impuesto de cultivo?

Un distribuidor debe pagar el exceso de impuesto de cultivo recaudado a la CDTFA informando y pagando el exceso de impuesto de cultivo recaudado en su próxima declaración de impuestos sobre el cannabis.

Le animamos a leer nuestra Guía fiscal para empresas de cannabis en línea en www.cdtfa.ca.gov/industry/cannabis.htmpara obtener más información sobre los próximos cambios.

¿Desea más información?

Para más información, visite nuestro sitio web www.cdtfa.ca.gov. También puede llamar a nuestro Centro de Atención al Cliente al 1-800-400-7115 (CRS:711) y seleccionar la opción de Impuestos Especiales y Tasas. Los representantes del servicio de atención al cliente están disponibles de lunes a viernes de 7:30 a 17:00 (hora del Pacífico), excepto los días festivos estatales.

La gran conclusión de todo lo anterior es que el impuesto sobre el cultivo de cannabis está muerto y los cultivadores recibirán una ganancia inesperada de devoluciones de impuestos sobre su cannabis que "entró en el mercado comercial" a partir del 1 de julio de 2022. Los reembolsos se aplican incluso al cannabis que se vendió antes del 1 de julio (pero que entró en el mercado comercial a partir del 1 de julio). El proceso de reembolso depende enteramente de la CDTFA para decidir y regular. Los cultivadores deben ponerse las pilas ahora para asegurarse de que están recibiendo los reembolsos a los que tienen derecho, porque es probable que esos fondos vuelvan al estado si no pueden ser reembolsados.

A medida que se vayan aplicando las demás partes de la AB-195, nos aseguraremos de mantenerle informado sobre sus repercusiones legales y sobre los impuestos del cannabis en California en general.