Una empresa californiana de cannabis denunciada por publicidad falsa

Lo hemos anticipado durante un tiempo, pero una reciente demanda indica que ciertas payasadas de etiquetado incorrecto de las empresas de marihuana están siendo denunciadas, en relación con la publicidad falsa. Una demanda reciente anuncia una posible nueva oleada de litigios.

La demanda

Los demandantes son dos consumidores de California que demandaron a una empresa californiana de marihuana, DreamFields Brands, Inc. y Med for America por publicidad falsa. En concreto, la demanda indica que los demandantes compraron los porros preenrollados "Jeeter" de DreamFields, que se anunciaba como uno "que te llevará a Marte más rápido que Elon Musk". La Demanda continúa indicando que los consumidores de cannabis generalmente prefieren y están dispuestos a pagar más por productos de cannabis con alto contenido de THC, por lo que "declarar que los productos [de DreamFields] tienen un contenido muy alto de THC permite a los Demandados cobrar tarifas premium por sus productos de cannabis."

Sin embargo, los demandantes alegan que el producto estaba mal etiquetado al indicar un contenido de THC superior al que realmente tenía con el fin de venderlos a un precio más elevado:

"Las pruebas realizadas por laboratorios independientes revelan que el verdadero contenido de THC de los productos de los demandados es materialmente inferior a la cantidad que figura en la etiqueta. Además, la diferencia es muy superior al margen de error del 10% que permite la normativa de la DCC."

Los demandantes han alegado causas de acción por competencia desleal, publicidad engañosa y representación negligente. Reclaman daños y perjuicios y la restitución (en esencia, el reembolso) de sus pérdidas.

Christin Cho, uno de los abogados que representan a Centeno y Wilson, declaró a la CNN que los demandantes afirman que DreamFields Brands "cobra de más a los consumidores". Sin embargo, la declaración de Jeeter a la CNN niega totalmente las acusaciones y afirma:

"Estamos orgullosos de nuestro cumplimiento y compromiso con los procedimientos de prueba exigidos por el estado, incluidas las pruebas independientes realizadas por terceros. El producto y nuestra integridad (son) algo que realmente valoramos como empresa, y tomamos todas las medidas adecuadas y legales antes de que nuestro producto llegue a los estantes."

Recordatorio del cálculo

Dando un paso atrás, la Demanda tiene razón al indicar cuál es el margen de error aceptable prescrito por el DCC. Por ejemplo, si la etiqueta indica que un producto tiene un 30% de THC, el producto debe tener un contenido de THC del 27%-33% de THC. Todo lo que esté por debajo del 27% constituye una violación de la normativa de CA y se considera que está mal etiquetado y corre el riesgo de ser objeto de una reclamación por publicidad engañosa.

Es un buen recordatorio para todos los que trabajan en el sector de que los organismos reguladores y los consumidores seguirán vigilando estos productos (como debe ser). Seguiremos de cerca este caso tan controvertido e informaremos de cualquier novedad.

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