NOTICIAS DE ÚLTIMA HORA: California retira la nueva normativa de emergencia sobre el cannabis

El 8 de septiembre de 2021, el Departamento de Control del Cannabis de California (DCC) publicó una propuesta de normativa de emergencia sobre el cannabis. Estos reglamentos de emergencia armonizan los reglamentos anteriores que fueron transferidos de las tres agencias anteriores en un conjunto combinado, y modifican algunas de esas normas y añaden otras nuevas. El DCC también publicó un conjunto revisado de directrices disciplinarias para acompañar a los reglamentos de emergencia.

En cuanto al procedimiento, la DCC envió un correo electrónico a las partes interesadas en el que se indicaba lo siguiente:

El DCC presentará el paquete de urgencia ante la Oficina de Derecho Administrativo (OAL) tras el preceptivo aviso público de cinco días laborables. El periodo de comentarios públicos, que dura cinco días naturales, comenzará cuando la OAL publique la normativa propuesta como "en revisión" en su sitio web: https://oal.ca.gov/.

...

Si se aprueba, la normativa propuesta entrará en vigor a finales de septiembre. Se prevé que en los próximos meses, una vez concluido el proceso de reglamentación de urgencia, se siga trabajando para mejorar la normativa sobre la actividad comercial del cannabis.

Tenemos previsto escribir mucho sobre estos reglamentos de emergencia, pero queríamos destacar algunas cosas clave en este primer post, teniendo en cuenta el rápido calendario en torno a su eficacia:

Restricciones a la acumulación de licencias de cultivo en locales conectados

La norma 15001.1 permite la expedición de licencias provisionales de cultivo siempre que:

La emisión de la licencia no causaría que el negocio comercial de cannabis posea múltiples licencias de cultivo en instalaciones contiguas y conectadas para exceder un acre de dosel total para el cultivo al aire libre, o 22,000 pies cuadrados para el cultivo de luz mixta o interior, si la solicitud se recibe el 1 de enero de 2022 o después.

Las normas continúan diciendo que "A los efectos de esta sección, los locales se considerarán contiguos si están conectados, en contacto o colindantes". Por lo tanto, está claro que habrá restricciones a la agregación de múltiples licencias de cultivo a través de la conexión de los locales, pero lo que no está claro es cómo el DCC se ocupará de las parcelas contiguas de bienes raíces que tienen locales con licencia en cada uno, pero donde los locales no necesariamente se tocan entre sí frontera a frontera. Aún no lo sabemos, pero parece que la respuesta es que esta práctica podría no estar prohibida de plano.

Cuestiones relacionadas con el propietario/FIH

La DCC está cambiando la forma de determinar quién constituye un "propietario" o "titular de intereses financieros" (FIH) de un negocio de cannabis. Estos son algunos de los puntos clave:

  • Anteriormente, la norma del "propietario" establecía que una persona con una participación "agregada" de al menos el 20% era un propietario. El término "conjunto" no estaba definido. Ahora, la DCC define "agregado" específicamente como "el interés total de propiedad mantenido a través de una entidad". Por ejemplo, un individuo que posea el 50% de una entidad que posea el 50% del negocio de cannabis tendría una participación agregada del 25% en el negocio de cannabis". Esto significa que las empresas de cannabis con propiedad de entidades tendrán que hacer los cálculos para determinar los porcentajes agregados exactos. Esto podría ser un ejercicio difícil para las empresas más grandes o empresas públicas.
  • Cualquier persona que tenga "autoridad para proporcionar dirección estratégica y supervisión de las operaciones generales de la empresa comercial de cannabis" es ahora un propietario. Esto no difiere demasiado de la norma tal y como estaba redactada anteriormente, sobre todo porque los ejemplos que da la DCC para alcanzar este umbral son "el consejero delegado, el presidente o su equivalente, o un directivo, director, vicepresidente, director general o su equivalente."
  • La DCC considera ahora propietario a quien tiene "autoridad para ejecutar contratos en nombre de la empresa comercial de cannabis". Esto, francamente, es exagerado. Por ejemplo, cualquier vendedor de nivel inferior que pueda ejecutar contratos (como facturas de venta) podría ser considerado propietario. Si esta norma se mantiene, hará que el cumplimiento en esta área sea un gran dolor de cabeza.
  • En situaciones de propiedad de entidades, cualquier persona asociada con el propietario de esa entidad que gestione el negocio del licenciatario real es ahora propietario del negocio del licenciatario. Una vez más, esto no es muy diferente de la norma anterior, pero es interesante ver que el DCC lo explica en su totalidad.
  • DCC tiene autoridad para determinar que las personas son propietarios caso por caso y puede exigir que los licenciatarios exijan que dichas personas sean reveladas como tales.
  • Para los FIH, la norma definía anteriormente cualquier tipo de préstamo o inversión en un negocio de cannabis como creador de un interés financiero. Ahora, la DCC ha eliminado el concepto de inversión, pero establece que cualquier persona con derecho a recibir al menos el 10% de los beneficios de un negocio es un FIH.
  • Las empresas que contratan a compañías de cannabis para cultivar, fabricar, envasar o etiquetar cannabis bajo su marca se consideran FIH. Esto también se sabía de antemano, pero es bueno ver por fin los detalles sobre la mesa para evitar confusiones masivas a los licenciatarios. Esto aportará mucha claridad a las transacciones de licencias de propiedad intelectual.
  • Antes, cualquier persona o entidad que poseyera menos del 5% de las acciones de una empresa pública no se consideraba FIH. Ahora, esa cifra es del 10% tanto para empresas públicas como privadas.
Muestras comerciales

La normativa propuesta permitiría finalmente que los titulares de licencias se proporcionen entre sí, y que un titular de licencia proporcione a sus empleados, productos de cannabis con fines de muestreo para ayudarles a tomar decisiones de compra. Las muestras comerciales todavía tendrán que ser conectadas al METRC y tendrán que ser designadas como muestras comerciales y en su forma final para la venta. Hay una serie de restricciones y normas que se aplican a las muestras comerciales, que los licenciatarios tendrán que estudiar detenidamente.

__

De nuevo, se trata de un gran avance y en las próximas semanas actualizaremos la página Canna Law Blog con más información sobre estas propuestas de reglamentos de emergencia, así que permanezca atento.

Seguir leyendo

California, Noticias