Cannabis en Arizona: Ya está aquí la normativa propuesta

El 11 de diciembre de 2020, el Departamento de Servicios de Salud de Arizona (el "Departamento") publicó los reglamentos propuestos para el uso de marihuana para adultos. Haga clic AQUÍ para revisar las regulaciones propuestas. Este post discutirá algunas de las licencias y cuestiones operativas para los establecimientos de marihuana para adultos. En general, nos gusta lo que estamos viendo hasta ahora.

Antes de entrar en materia, es importante señalar que el Departamento aceptará comentarios AQUÍ a los reglamentos propuestos durante un período muy corto: hasta el 17 de diciembre de 2020. El Departamento ha creado un portal en línea para enviar comentarios y preguntas. Además, el Departamento celebrará una reunión pública para discutir los reglamentos propuestos a las 10 am (MST) el 17 de diciembre de 2020. La convocatoria y la información relacionada se pueden encontrar AQUÍ.

Sin más preámbulos, he aquí un desglose de la propuesta de Reglamento por temas.

Tasas y justificantes

Antes de hablar de algunos de los requisitos para la concesión de licencias, la nueva normativa establece varios requisitos financieros para obtener una licencia de uso para adultos. La tasa inicial de licencia para un establecimiento de uso para adultos será de 25.000 dólares, con una tasa de renovación de licencia de 5.000 dólares. A.A.C. §§ R9-18-102(4)(a) y (b). Además, el licenciatario propuesto deberá demostrar que dispone de fondos por valor de 500.000 dólares. A.A.C. § R9-18-303(A)(6).

Requisitos de inscripción individual

Como se discutió en nuestro post anterior (haga clic AQUÍ), ciertas personas que son "funcionarios principales" o "miembros de la junta" tendrán que estar registrados en el Departamento. El proceso de aprobación es parte del proceso de registro para "agentes de instalaciones de marihuana". Los agentes de las instalaciones incluyen a los funcionarios principales, los miembros de la junta directiva y los empleados y voluntarios de un establecimiento de marihuana. En cuanto a los "agentes principales", el Departamento define quiénes son estas personas según el tipo de entidad. A.A.C. § R9-18-301. Por ejemplo, si una corporación será el licenciatario, entonces dos individuos que sean funcionarios de la corporación serán considerados "funcionarios principales".

Asimismo, el reglamento propuesto ofrece orientación sobre quiénes son los miembros del consejo según el tipo de entidad. Además de las personas que figuran en los estatutos como miembros del consejo de una sociedad, los directivos de la sociedad también se consideran miembros del consejo. A.A.C. § R9-18-301(B)(1). Para calificar como "agente de la instalación", tales individuos deben tener una licencia de conducir de Arizona, una tarjeta de identificación de Arizona o alguna forma de identificación aprobada, la mayoría de las cuales deben haber sido emitidas en o después del 1 de octubre de 1996. A.A.C. § R9-18-201(2). Por lo tanto, parece que sólo los residentes de Arizona pueden ser agentes de un establecimiento.

Proceso de asignación de licencias y preferencias

El Departamento también ha propuesto un proceso de asignación de licencias si recibe más solicitudes de las asignadas en virtud de la Proposición 207 (que ahora es ley en Arizona) para "solicitantes tempranos". El periodo de solicitud anticipada se extenderá desde el 19 de enero de 2020 hasta el 9 de marzo de 2021. Durante ese tiempo, sólo determinadas entidades podrán solicitar una licencia. Por ejemplo, una entidad que ya posea una licencia de marihuana medicinal podrá solicitar una licencia de uso para adultos. Para cualquier entidad que solicite indebidamente durante el período de solicitud anticipada, el Departamento devolverá la solicitud y la tasa de solicitud. A.A.C. § R9-18-302(C).

Proceso de solicitud de licencia

El primer paso en el proceso de solicitud será solicitar una licencia inicial de establecimiento de marihuana. A.A.C. § R9-18-303. Los reglamentos propuestos proporcionan una lista bastante detallada de lo que una entidad tendrá que presentar como parte de este proceso de solicitud. Por ejemplo, el Departamento exigirá una declaración firmada por un representante de la jurisdicción local en la que vaya a operar la entidad; el representante tendrá que certificar que el establecimiento de marihuana propuesto cumple todas las restricciones de zonificación locales. A.A.C. § R9-18-303(A)(4). Si el licenciatario propuesto es una empresa que cotiza en bolsa, entonces el licenciatario propuesto debe revelar para cada funcionario principal o miembro de la junta que tenga derecho a más del 10% de las ganancias el nombre, residencia, dirección y fecha de nacimiento de cada uno de dichos funcionarios principales o miembros de la junta. A.A.C. § R9-18-303(A)(1)(f). En el caso de alguien que sólo sea propietario y no tenga ninguna otra función o cargo en un licenciatario, parece que, salvo lo indicado anteriormente, no habrá requisitos de aprobación o divulgación para dichos propietarios.

Permisos de explotación

Una vez que a una entidad se le ha expedido una licencia inicial de establecimiento de marihuana, puede entonces solicitar operar un establecimiento de marihuana. A.A.C. § R9-18-304. Para ello, el establecimiento debe presentar cierta información al Departamento. Entre otras cosas, si el dispensario venderá productos comestibles, debe presentar una copia de su licencia o permiso de establecimiento de alimentos. A.A.C. § R9-18-304(4). Además, se debe presentar un plano de planta dibujado a escala, que incluya: (a) distribución y dimensiones de cada habitación, (b) nombre y función de cada habitación, (c) ubicación de cada lavabo para lavarse las manos, (d) ubicación de cada cuarto de aseo, (e) medios de salida, (f) ubicación de cada cámara de vídeo, (g) ubicación de cada botón de pánico, y (h) ubicación de las fuentes de iluminación natural y artificial. A.A.C. § R9-18-304(6).

Normas de funcionamiento

Asimismo, el Departamento presentó una propuesta de reglamento para la administración y el funcionamiento de un establecimiento de marihuana. A.A.C. § R9-18-308. Un establecimiento debe estar abierto al menos 30 horas a la semana entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m. A.A.C. § R9-18-308(A)(1)(a). El Departamento también exige que se apliquen determinadas políticas y procedimientos, que incluyen políticas sobre descripciones de puestos de trabajo y control de inventarios. A.A.C. § R9-18-308(A)(2). Estas políticas también deben estar disponibles en el punto de venta del establecimiento y deben revisarse y actualizarse (si es necesario) cada 12 meses. A.A.C. §§ R9-18-308(A)(3) Y (4). El Departamento también exige garantías de que se están aplicando determinadas normativas. Por ejemplo, el establecimiento debe asegurarse de que los funcionarios principales, los miembros de la junta directiva, los empleados y los voluntarios mantengan un registro válido de agente de marihuana ante el Departamento. A.A.C. § R9-18-308(A)(5).

Requisitos de seguridad

La normativa propuesta también establece requisitos de seguridad muy detallados. A.A.C. § R9-18-312. Uno de los muchos requisitos de seguridad incluye ciertas políticas y procedimientos (a) que restringen el acceso a las áreas del establecimiento de marihuana que contienen marihuana o productos de marihuana y, si corresponde, el sitio de cultivo o el sitio de fabricación del establecimiento de marihuana sólo a las personas autorizadas; (b) que prevén la identificación de las personas autorizadas; (c) que impiden el merodeo; (d) para llevar a cabo el monitoreo electrónico; y (e) para el uso de un botón de pánico. A.A.C. § R9-18-312(H)(2). También se exigirá la supervisión electrónica, y el Departamento ha establecido requisitos muy precisos. Por ejemplo, un dispensario debe tener al menos un monitor de llamada de 19 pulgadas o más y debe haber una cámara de vídeo en este punto de venta. A.A.C. §§ R9-18-312(H)(1)(c)(i) y (iv).

Temas aún no tratados

¿Qué es lo que aún no se contempla en la normativa? Bueno, las normas propuestas no cubren las instalaciones de pruebas - aparentemente el Departamento publicará esas normas propuestas en algún momento en el futuro. Del mismo modo, las normas propuestas no abordan el nuevo Programa de Oportunidades de Equidad Social ("SEOP"), por el que el Departamento expedirá 26 licencias adicionales para adultos. Esperamos que en los próximos meses se publiquen los reglamentos sobre las instalaciones de pruebas y el SEOP.

Conclusión

En resumen, a cualquier persona interesada en la industria del cannabis en Arizona le convendría revisar detenidamente la normativa propuesta. Aunque se publicarán las regulaciones finales, tendemos a dudar de que vayan a sufrir cambios significativos. La industria del cannabis está fuertemente regulada y por lo tanto la comprensión de las leyes y reglamentos de cannabis es de suma importancia para cualquier persona interesada en abrir y operar un establecimiento de marihuana. Póngase en contacto con nosotros si tiene alguna pregunta.