I.R.C. § 280E
Ley federal que prohíbe las deducciones o créditos fiscales sobre una actividad comercial o empresarial relacionada con el tráfico de sustancias de la Lista I o la Lista II de la Ley de Sustancias Controladas. Las decisiones judiciales sólo han permitido deducciones por el coste de los bienes vendidos, o deducciones vinculadas a un "comercio o negocio separado".